Mi empresa me debe cuatro meses, esta gestiona un servicio municipal, ¿qué hago?
Realizada por Belén Gómez. 11 jun 2013
La empresa dice que pagará cuando el ayuntamiento le pague. El ayuntamiento le ha rescindido el contrato. Ahora hay otra empresa y ésta nos ha subrogado. ¿Qué podemos hacer?
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Si la empresa no paga las nóminas o lo hace con retraso hay dos vías principales: reclamación de cantidad en el Juzgado de lo Social, solicitando lo debido mas intereses y/o pedir la extinción de contrato como por incumplimiento empresarial, lo que daría lugar a una indemnización de 45/33 días/año , y derecho a prestación de desempleo si se cubre la carencia. Si hay otras empresas que formen grupo empresarial, todas ellas podrían ser corresponsables respecto a las obligaciones. Contacte con un abogado especialista si decide ir adelante.
Tiene dos opciones: 1º O interponer una demanda laboral de reclamación de cantidad. 2º O bien interponer una demanda de resolución de contrato por incumplimiento contractual grave solicitando una indemnización por despido.
Pedro Torres Romero (abogado).
Buenos días, en principio quien tiene la obligación legal de pagar los salarios es el empleador, es decir la empresa que le contrató, por lo que si usted trabajó esos 4 meses para esa empresa y no le ha pagado, ésta no puede excusarse del pago de las nóminas si el ayuntamiento no les paga.
Por otro lado, comenta usted, si no he entendido mal con la poca información de la que dispongo, que una empresa nueva ha subrogado a su anterior empresario, es decir que ha habido una sucesión de empresas. En este caso, si la empresa nueva no ha informado a los trabajadores de sus condiciones laborales actuales, como exige la ley del Estatuto del trabajador, le aconsejo que se dirijan todos los trabajadores o los representantes legales de los trabajadores, si tienen, al nuevo empresario y mediante escrito le requieran para que les informe de las consecuencias jurídicas, económicas y sociales, para ustedes, las medidas previstas respecto de ustedes y respecto de los salarios pendientes de abonar porque podrían haber llegado a un acuerdo el empresario anterior y éste de que los pagaba el primero y no lo ha hecho.
Lo siento mucho por no poder darle mayor información con los datos que ha expuesto.
Desde luego que urge interponer reclamación judicial para poder cobrar los salarios y demás conceptos. Dada la intervención de otra empresa, habría que demandar a la primera y a esta última. El FOGASA también interviene. Póngase en contacto con nosotros y le explicaremos el procedimiento.