Este año mi hija ha empezado un curso de formación profesional en una localidad cercana a donde vivimos. Según el convenio regulador de nuestro divorcio, además de la manutención, mi ex marido debe de abonar el 50% de los materiales escolares y en este caso, del transporte ya que debe ir en autobús. Él dice que como he solicitado una beca, le corresponde la mitad del importe de la misma. ¿Puede reclamarla, ya que está solicitada a nombre de mi hija pero en función de mi renta? Gracias.
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Buenas tardes.
Bajo ningún concepto.
La beca es de su hija y por tanto no genera ningún deber respecto a su ex. Sin otro particular reciba un cordial saludo.
La beneficiaria de la beca es su hija, no es su ex ni Ud. Lo primero que tenemos que ver es los conceptos que cubre la beca, pues si no se encontrara el material escolar ni el transporte, su ex sigue obligado a abonarlos.
Reciba un cordial saludo.
Abogada Lesmes Arenas
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Buenos días. Yo entiendo que no puede reclamar su parte de la beca porque en todo caso la única beneficiaria de dicha beca es vuestra hija. Otra cosa es el hecho de que, estando cubierta la matricula del curso (y no se si algún gasto más como los libros -habría que mirar los conceptos que aparecen en la concesión de la beca-) él no debe pagar el 50% de tales gastos (al igual que tampoco tiene que abonarlos usted) precisamente por eso, porque ya están cubiertos.
Espero haberle sido de ayuda.
Un saludo,
Elisabet Priscila González Ibars
Abogada
5273 ICATF