Mi ex no paga manutención, ¿puede el fondo de compensación pagármela a mí?

Realizada por angeles. 30 oct 2016 Pensión alimenticia

Tenerife, España

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Hola Angeles,
Debes interponer la pertinente ejecución y si no se consigue embargarle y tu salario es precario, sí puedes solicitar el pago de 100 euros al mes a cargo del fondo de alimentos.
Un saludo,
Cristina Cáffaro Font
Abogacía y Mediación Familiar

Cristina Cáffaro Font Abogado en Palma de Mallorca

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El «Fondo de Garantía del Pago de Alimentos», creado por la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, y regulado por el Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre, es un fondo carente de personalidad jurídica, que tiene como finalidad garantizar a los hijos menores de edad el pago de alimentos reconocidos e impagados establecidos en convenio judicialmente aprobado o en resolución judicial en procesos de separación, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, filiación o alimentos, mediante el abono de una cantidad que tendrá la condición de anticipo.

Se entiende por «Alimentos», todo lo que es indispensable para atender al sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación (artículo 142 del Código Civil)

Es imprescindible para acceder a los anticipos del Fondo que la resolución en la que se reconozcan los alimentos haya sido dictada por los Tribunales españoles.

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Buenos días, para poder solicitarla se deben cumplir una serie de requisitos. Para darle una respuesta necesitaríamos conocer su capacidad económica.
Puede contactar con nosotros.
Un saludo y buen día.

Hinode - Maria Garcia Ibañez Abogado en Burlada/Burlata

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