En este tiempo mi ex no ha pagado la mitad de la vivienda que está a su nombre y en diciembre salieron las medidas provisionales previas a la demanda donde indica un pago de pensión de alimentos al hijo común de 150 euros y la mitad de los gastos del menor. Él no ha pagado nada de nada. Y fue un acuerdo que se llegó ante el juez el aceptándolo.
Él alegará que no tiene dinero, pero posee una inmobiliaria en B aunque tengo la web y todo demostrándolo que la tiene. He solicitado en febrero la ejecución de sentencia y todavía estoy esperando. También llegué al acuerdo de que lo ve en un punto de encuentro y yo cumplo a rajatabla. Ello me implica gastarme unos 10 euros cada vez que voy entre gasoil y aparcamiento. ¿Qué puedo hacer?
No tengo dinero para pagar una denuncia penal ya que me tengo que pagar el abogado ya que paso de los ingresos para uno de oficio porque no tienen en cuenta todo lo que pago, que no tendría que hacerlo. Estoy un poco desesperada ya que he tenido que ir pidiendo préstamos para poder hacerme cargo ya que mi hijo tiene tratamiento por todo y yo necesito pagar ahora un tratamiento porque acabo de pasar un cáncer y no tengo dinero.
Por favor. Ando desesperada. Gracias
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Puede presentar una denuncia en cualquier Comisaría o directamente en el Juzgado de Instrucción.
Al ser un proceso penal vd. no precisa de abogado ni de procurador, ya que será el Ministerio Fiscal quien ejerza la acusación contra su ex por el impago de las pensiones alimenticias acumuladas hasta la fecha.
Independientemente, puede seguir adelante la ejecución civil, acumulando las mensualidades que vayan venciendo.
Apreciada Cristina, ante su difícil situación lo único que le queda por hacer es interponer una denuncia penal. Somos muchos compañeros que hacemos aplazamientos o planes de financiación para poder tramitar los asuntos como merecen.
Debe esperar a que se tramite la ejecución civil pero evidentemente una denuncia penal es totalmente necesaria en su caso.
Para cualquier otra duda o gestión al respecto, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Un cordial saludo,
Ester Pallejà Domingo
Muchos abogados tenemos planes de financiación o aplazamientos de pago para situaciones como la suya, no se desespere y busque un abogado que la ayude. Presente denuncia, no lo demore más.
Quedamos a su disposición para lo que necesite (trabajamos en varias ciudades y disponemos de página web). Un saludo.
Buenos Días Cristina, le informamos que dada su situación puede demandar por vía civil por ejecución de sentencia o bien denunciar ir la vía penal por el art. 227 del CP impago de alimentos. Al ser delito perseguible de oficio el Fiscal actuaría por usted. Suerte!!!
Lo que usted describe es un delito de impago de pensiones del artículo 227 del Código Penal. Creo que debe interponer la denuncia, hacerlo no es tan caro como cree.
Quedo a su disposición para cualquier cuestión que precise.
Ignacio Tomás
Abogado
Puedes reclamar lo que no pago desde la fecha de interposición de tu demanda en un procedimiento de ejecución. También puedes pedir una modificación de medidas para aumentar la pensión si el tiene mas capacidad económica. Para mas información tendríamos que ver tu sentencia y auto de provisionales.
IRM ABOGADAS JEREZ
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Podría optar por la vía penal, mediante la interposición de una denuncia sin necesidad de abogado y procurador. Y al propio tiempo, instar una demanda de ejecución en reclamación de todos los alimentos impagados
, donde le embargarán todos los bienes que encuentren en proporción a la cuantía reclamada.
Le recomiendo pida su abogado impulso procesal para agilizar el tramite de su ejecución.
En cuanto al cambio de circunstancias, podría solicitar una modificación de las medidas económicas.
Paraas información, quedamos a su disposición.
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En caso de impagos, sólo tienes las dos opciones a las que haces referencia: la ejecución civil, que ya está en marcha y se le tratará de embargar lo que tenga para hacer frente a las deudas que tiene contigo y que se irá ampliando (si tu abogado lo pide) y la vía penal.