¿Mi ex pareja podría entrar en prisión por no poder pagar la manutención?

Realizada por Vanila. 25 jul 2014

Buenas tardes,

Mi ex pareja se divorció por demanda judicial de su ex mujer a finales del 2011. Él estaba trabajando pero cobrando 1000 y pocos euros y aun así la jueza le impuso el pago mensual de manutención de 350€ (hablamos de un solo hijo). En mayo del 2012 se quedó en paro y le presentó la documentación de parado a la abogada de oficio que le estaba asistiendo porque le era imposible pagar esa cantidad, aunque él fue ingresando cantidades de 150€. Hace dos días se ha enterado por el juzgado de que la ex mujer le había puesto un requerimiento de casi 5000€ por parciales no abonadas y los intereses, etc. Por lo visto, la abogada que en su momento le dijo que ya no le podía asistir más no presentó documentación acreditativa de que él estaba en paro. Ahora se encuentra en la situación de que está cobrando el subsidio de 426€, con 56 años y sin posibilidad de defenderse ni demostrar que él aportó esa documentación y además la ejecutoria. ¿Es posible que pueda entrar en prisión sin posibilidad de defensión? Ha solicitado de nuevo abogado de oficio, pero en el juzgado le han dicho que se olvide que esto sigue adelante y que se espere lo peor. Su hijo ya ha cumplido además los 18 años y no sabe hasta cuándo debería de seguir pagando dicha manutención.

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La prestación alimenticia se extingue una vez haya terminado su formación académica el hijo común ó logrado su independencia económica. Puede ser condenado en vía penal si se acredita que teniendo medios para satisfacer alimentos no lo hace. En caso contrario al no revestir su conducta de dolo o intencionalidad específica de no querer pagar no podría ser condenado, sin perjuicio de que se le embargase sus bienes en vía civil.

Bufete Jose Box Abogado en Villena

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Mientras un juez no diga lo contrario él viene obligado a pagar lo que le impone la sentencia. Por eso es muy importante que presente Demanda de modificación de medidas, para que, por la vía civil, se modifique el importe de la pensión de alimentos que viene impuesta en sentencia. Para ello precisa de abogado, sino lo puede costear puede solicitar uno de oficio.

Cuestión a parte es el proceso penal que sigue su curso; allí su abogado de oficio le defenderá e intentará que no se le condene justificando la imposibilidad de pagar durante todos estos años y, caso de que le condenen, luchar para que la pena sea lo mínimo posible (aunque el Código Penal prevé pena de prisión, lo cierto es que en la práctica se viene imponiendo la pena de multa salvo reincidentes).

Somos un despacho de abogados de Barcelona, quedamos a su disposición.

V.Vivancos-Abogados Abogado en Barcelona

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Lo primero que llama la atención, es que se le haya dicho en Colegio de Abogados que no cuenta con asistencia jurídica, siendo que es beneficiario de un subsidio que no llega al SMI. El primer consejo seria acudir al colegio de abogados que le corresponda, y solicitar la asistencia de un letrado, acreditando no disponer de recursos suficientes.
En segundo lugar, lamentablemente tocara pagar las diferencias entre la sentencia emitida en su momento y lo que efectivamente su pareja haya ingresado, mas los correspondientes intereses. (Lo mejor será pactar).
Y por último, su pareja debería solicitar la modificación de las medidas paterno filiales, solicitando establecer una pensión de alimentos menor, en virtud de sus situación laboral y financiera. Le recomiendo visitar el colegio de abogados de su ciudad. Si como usted dice, la abogada que recibió los papeles demostrando que la situación de su pareja había cambiado radicalmente, se negó a continuar con el caso o satisfacer la consulta del cliente, tal vez debería comentarlo en el Colegio también.

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En primer lugar debería buscar un abogado ya. Efectivamente el impago de alimentos a los hijos de forma reiterada es un delito. Probar que no se hizo bien la defensa no es fácil, lo importante sería ahora llegar a un acuerdo para el pago de la deuda. De todas formas, en el momento en que condenaron a su hermano, le enviarían una documentación con un plazo para recurrir.

Abogado Pérez Valenzuela Abogado en Cabra

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