Mi exmarido no me pasa la manutención de lo niños
Está en el paro igual que yo, pero no ha ido a comunicarlo al juzgado, simplemente ha decidido que no va a pagar nada, ¿puedo denunciarlo?
Está en el paro igual que yo, pero no ha ido a comunicarlo al juzgado, simplemente ha decidido que no va a pagar nada, ¿puedo denunciarlo?
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En caso de que su ex incurra en impagos de la pensión de alimentos establecida, tendrá dos vías para reclamar las cantidades debidas, la civil y la penal.
En la vía civil necesitará presentar una demanda ejecutiva firmada por abogado y procurador, solicitando del Juzgado que dictó la Sentencia que proceda a su ejecución.
En la vía penal tendría que presentar una denuncia en cualquier Comisaría o directamente en el Juzgado por el impago de la pensión de alimentos establecida en Sentencia, lo que es constitutivo de supuesto delito de abandono de familia.
Sería conveniente que solicitara acogerse al beneficio de Justicia Gratuita, al objeto de que le asignen un abogado de oficio que pueda asesorarla en el trámite que más pudiera convenirla.
Atte.
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Buenas tardes, en relación a su consulta comentarle que aunque su ex marido esté en desempleo puede plantear una demanda de ejecución de la sentencia de divorcio para que se le abonen las pensiones de alimentos fijadas en el divorcio. Si no dispusiera de dinero su marido podrían ejecutarles dinero en cuentas corrientes, ciertos porcentajes de pensiones, bienes, etc para dar cumplimiento a la sentencia. SI usted esta también en desempleo puede solicitar abogado y procurador de oficio dado que la demanda de ejecución requiere de ambos profesionales. Un saludo
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Si él no paga la pensión de sus hijos, por vía penal le puede denunciar: si dispone de medios para pagar (cobra el paro) y no lo hace, se le podría condenar a una pena de prisión o multa según el Código Penal. Pero lo aconsejable es acudir a la vía civil, ejecutar la Sentencia por las cantidades debidas, ya que se le embargarían bienes de él por el importe de las pensiones debidas + intereses (embargar % del paro, saldo cuentas corrientes, piso, etc). Para ello precisaría de abogado: somos un despacho de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición.
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Si ha dejado de pagar la pensión durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos, puede formular una denuncia por la vía penal por un delito de impago de pensiones alimenticias. Tenga en cuenta que esto puede suponer para su ex marido una condena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses. No obstante, si se demuestra que no pasa la pensión porque no puede, no porque no quiere, no se consideraría delito.
También puede acudir a la vía civil, presentando una demanda de ejecución de sentencia. En tal caso, si su ex no paga le serán embargados sus bienes (inmuebles, coches, cuentas bancarias, pensiones, etc.).
Cada vía tiene sus ventajas y sus inconvenientes. Consulte a un Abogado cuál se adecua mejor a sus necesidades.
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Buenos días:
Deberá presentar una demanda de ejecución de la sentencia en que se acuerda el pago de dicha manutención. Tiene que ir firmada por abogado y procurador. Estando usted en paro le recomiendo que solicite justicia gratuita en el Colegio de Abogados de su localidad y le designarán abogado y procurador de oficio. Saludos
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Debes presentar demanda de ejecución de sentencia para lo que es necesario letrado y procurador. Aunque los dos esteis en paro los ninños siguen comiendo asi que la obligacion de pagar pension de alimentos no cesa porque el obligado al pago este en paro.
Saludos.
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