¿Mi exmarido puede bajarme la manutención y quedarse con la custodia?

Realizada por amparo. 26 nov 2013

Hola, llevo divorciada 7 años y fue de mutuo acuerdo, ahora él quiere bajarme la manutención y cobra el mismo dinero que ahora, el único cambio es que le han quitado una paga extra y tenía dos, el quiere bajarme la manutención, y quedarse con la custodia de mis hijos que son ya mayores de edad, quiere quedárselos pero para venirse a vivir a nuestro piso que pagamos la mitad cada uno y el cual todavía queda 20 años por pagar, dice que él tiene derecho puesto que los críos son mayores de edad y quiere vivir el y yo que me valla, también quiere pasarles la manutención a los críos y abrirles una cuenta, me va a llevar a juicio para todo lo comentado, los niños no se quieren ir hace ya tiempo que con su padre no se van porque no quieren y no los trata bien y pasa de ellos, ¿si me lleva a juicio tengo yo las de perder? ¿Si pierdo tengo que pagarle yo su abogado? Yo estoy en paro y cobro 426, ¿tengo derecho a abogado de oficio? Gracias y un saludo.

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¿Puede administrar el padre el dinero de la manutención a su hijo de 18 años que ya no vive con su madre ni estudia?

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Buenos días Isa.
Si sus hijos son mayores de edad ya no están sujetos a tutela a pesar de que no sean económicamente independientes, eso quiere decir que son ellos los que deciden que quieren hacer.
No se preocupe por que su ex amenace con llevarla al juzgado y sobre todo no se amilane. No es su ex quien decide sino sus hijos para decir donde quieren vivir y el juez para el resto de las cuestiones.
Si no tienes medios, y efectivamente la denuncia debe acudir al colegio de abogados de su ciudad para solicitar un abogado de oficio.
Y no, en los procesos matrimoniales no se condena a costas, a no ser que exista mala fe evidente.
Si lo desea póngase en contacto con nosotros para ampliarnos la información y de esa manera poder aconsejarla mejor e incluso poderle llevar el caso. Saludos.

A.llei Abogado en Sabadell

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Buenos días, en primer lugar con los ingresos que menciona sí podría solicitar abogado de oficio para el procedimiento de familia. En segundo lugar siendo que sus hijos ya son mayores de edad, no puede haber disputa por la custodia de los mismos, puesto que ésta finaliza al alcanzarse la mayoria de edad salvo en casos de incapacidad. Para la modificación de la pensión de alimentos debe existir una modificación sustancial de las circunstancias para que la misma prospere. Con respecto a la vivienda debería estudiarse con más detenimiento pero en principio si se trata del domiclio de los hijos no es probable que le asignaran a él el uso de la vivienda. Si desea más información nos ponemos a su disposición en Valencia.

Un saludo.

Ferrandis Y Asociados Abogado en Valencia

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Buenos días, su ex marido puede demandarla por lo que crea conveniente, otra cosa es que le den la razón. Evidentemente, sus hijos son mayores, y si no quieren ir con él no irán, usted seguirá percibiendo la pensión de alimento mientras éstos no sean independientes económicamente y seguirá con el uso. En familia no existe la condena en costas, a no ser de litigarse con extrema temeridad. Puede solicitar justicia gratuita con los ingresos que refiere. Cordialmente,

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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Con los hechos que usted expone no hay causa significativa que permita la revisión de las condiciones, pues el perder sólo una paga no es equiparable a situaciones de desempleo. Los hijos son mayores de edad por lo que ya no hay que hablar de custodia. No obstante su caso debe de ser examinado con más detalle. En principio con sus ingresos usted seguramente tendrá derecho a abogado de oficio.

José Ruiz Sánchez Abogado Abogado en Cabra

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Sus hijos son mayores de edad y no puede nadie imponerles una convivencia no deseada, por tanto no puede pedir custodia alguna y ademas los hijos no son propiedad de nadie. Respecto a quitarla el piso, eso esta por ver, pues si el suyo es el de sus hijos es el interés más necesitado de protección- que parece que si, no le podrá quitar el uso. No obstante mi consejo es que si le demanda acuda inmediatamente a solicitar abogado de oficio, lo que le suspende el procedimiento judicial y le evita pagar tasas judiciales en el caso que tuviera que abonarlas.

Carmen Lopez-Rendo Rodriguez Abogado en Santander

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