Mi expareja no le pasa la pensión a nuestro hijo, ¿lo denuncio?
Realizada por Nuria. 28 ago 2012
Mi expareja no le ha pasado la manutencion a nuestro hijo ni durante el mes de julio ni durante el mes de agosto, ¿qué pasa si al final del mes no ha ingresado la manutención, ¿le denuncio en la comisaría? Gracias
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Una cosita Nuria, ¿sabes si el padre está sin trabajo? Y dos ¿el padre ve a la niña o le has prohibido de verla por no pasarla, o piensas hacerlo?
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7 respuestas
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Nuria,
claro que tienes que denunciarlo, pero tienes dos opciones, vía civil, o vía penal. Si lo que quieres es que te pague cuanto antes, deberías interponer una demanda ejecutiva de la demanda de divorcio, donde consten las cantidades que te tiene que pasar. Y si quieres pegarle un sustillo para que no deje de pagar más veces, pues entonces puedes denunciarlo por lo penal por impago de pensiones de alimentos, pero piénsatelo bien, porque sería un delito por lo que condenarían a tu expareja. Si necesitas más información, no dudes en ponerte en contacto con nuestro despacho.
Romavipe Abogados - Rosa María Viera Pérez, abogada
Ya hay una demanda puesta en el juzgado que nos dio la sentencia interpuesta porque no ingresaba las cantidades que le mandó el juez y por no hacer las subidas de IPC, atrasos, etc. Le dieron diez días para pagar las cantidades y, al no hacerlo, le embargaron pero ahora le da por no hacer ingreso alguno y es por eso por lo que no sé si denunciarle en comisaría.
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Tiene dos opciones:
- Por la vía "penal": denunciar por un delito de abandono de familia el impago de las pensiones de alimentos. Le puede funcionar si su ex marido no paga aún acreditando solvencia económica, pues por lo general, debido a que la situación económica es muy complicada actualmente, los jueces, si es la primera vez que se denuncia, suelen ser reacios a condenar por esta causa. Si se le llegara a condenar, su marido además de pagar las pensiones, debería pagar una multa por el delito cometido.
- Por la vía "civil": Haga ejecutar la Sentencia de divorcio donde se establece la obligación alimenticia, a fin de que requieran de pago a su ex marido y procedan al embargo de sus nóminas, prestaciones dinerarias o patrimonio para que usted pueda procurarse el cobro de lo adeudado.
Intente, previo el ejercicio de cualquiera de las dos vías, tratar de requerirle vía burofax para que se ponga al día de sus obligaciones, anunciándole que emprenderá acciones si no lo verifica a la inmediatez. Quedamos a su disposición. Un saludo.
Aunque puede acudir a la vía penal al ser dos impagos seguidos, mi consejo es que formule una demanda ejecutiva ante el Juzgado que dictó la sentencia que fija la pensión para su hijo, porque es la más efectiva, dado que actuará directamente sobre los bienes del padre con independencia de la cantidad que le quede para cubrir sus propias necesidades. En la vía penal, hay casos de sentencias absolutorias por carecer de ingresos o no tener suficientes para vivir él. Reciba un cordial saludo
Puede interponer la pertinente denuncia en comisaría o ante el Juzgado de Guardia. Si es la primera vez, le sugiero que, antes de la denuncia, trate de ejecutar la sentencia de divorcio para que el empleador de su marido sea el que le pague directamente a usted la pensión detrayéndola de su nómina. Quedamos a su disposición.
Más que denunciarle en comisaría, yo ejecutaría la sentencia que recoge la obligación del padre a ingresar la pensión al menor. Para ello, debería ponerse en contacto con un abogado. Es un procedimiento relativamente rápido y seguramente condenarán en costas al padre, de forma que Usted podrá llegar a "recuperar" una parte de los gastos que adelante por los honorarios del abogado y del procurador.