Mi hija tiene 24 años, ha trabajado, ¿debo seguir pagando pensión?

Realizada por carlos. 26 feb 2013

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Estimado Carlos:

Si ha accedido a su independencia económica, o tiene posibilidad razonable de acceder a ella, como parece el caso, es factible intentar suprimir su obligación de abonar alimentos, mediante demanda de modificación de medidas, pero dependiendo de las circunstancia concretas, se lo concederán o no.

Quedamos a su disposición.

Projur Abogado en Madrid

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Bueno Dias

Para ofrecer una respuesta más adecuada sería necesario conocer más información, si su hija trabaja debe plantear al Juzgado una modificación de Medidas solicitando que se extinga la pensión.

En cualquier caso no puede dejar de pagar la pensión de forma unilateral sino que debe plantear un procedimiento de modificación de medidas al Juzgado solicitando que cese la obligación de abonar la pensión. Para ello precisa abogado y procurador.

Quedo a su disposición si está interesado en un estudio más exhaustivo.

Saludos.

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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Buenos días,
Para que usted pueda extinguir la pensión alimenticia por esta circunstancia, su hija deberá tener una independencia económica o realizar trabajos no esporádicos y de remuneración escasa, es decir, que el desempeño de su trabajo, no podrá ser catalogado como trabajo temporal. No obstante, habrá de atenderse igualmente a los estudios que ostente así como tiempo que lleva intentando acceder al mercado laboral. En cualquier caso, para extinguirlo, deberá presentar ante el Juzgado una modificación de medidas. Si precisa de más datos, puede contactar conmigo.
Un saludo

Moro Abogados Abogado en Córdoba

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