Mi marido y yo tenemos a su hija. Ella tiene 8 años. Yo soy su madrastra. Ella tiene 7 años de vivir con su papá. Y tengo 6 años de estar con él y criarla a ella. He sido una madre para ella. Solo me dice mamá desde pequeña y yo igual la quiero como mi hija. Tengo otro hijo con el de un año. La niña adora a su hermano. La madre de la niña la Abandonó por andar en otra vida de fiesta etc. Ahora después de tanto años exige verla. Nunca la a ayudado con nada. Que podemos hacer en ese caso.
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Los padres legítimos de la menor deben acudir a la vía judical y como están separados si no se han divorciados legalmente iniciar el trámite y fijar las medidas primero provisionales sobre guarda, custodia, régimen de visitas y pensión alimenticia en el Convenio Regulador hasta que se eleven a definitivas. Y si la otra variante es que no están casados solicitar un régimen de medidas en estas materias para fijar un acuerdo judicial ante el juez. Necesitan direccción letrada y Procurador.
En su caso, la madre podría ir relacionándose con la hija de forma progresiva e incluso comenzado las primeras visitas en el Punto de Encuentro de su localidad para que esté protegida y la relación sea analizada por profesionales. Del mismo modo, la madre tendría que abonar una pensión de alimentos a la menor.
La relación entre padres e hijos es un derecho exclusivamente de los hijos.
Los padres que se separan o se divorcian tienen derecho a que el Juez predeterminado por la ley les conceda un derecho de visitas y que se asigne un régimen de visitas.
En cuanto a la guardia y custodia si no ha sido determinada por un Juez debe ser evaluado por el Juez predeterminado por la ley quién tiene la custodia de la menor