Llevo desde enero sin ver a mi hijo y desde junio del año pasado hasta diciembre le he visto 2 veces. En realidad, más de un año sin verle.
Mi situación es que hace 2 cursos estuvo conmigo conviviendo por decisión de los 2 un curso. Acabó en junio el curso y su madre se lo llevó una semana antes de que acabara. Desde entonces apenas o nada tengo de relación con mi hijo, pero en mayo de ese año firmó un papel queriéndose quedar a vivir conmigo. No entiendo el cambio radical. ¿Con 14 años puede decidir?
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Hola Antonio,
Habría que estar a lo que estipulado en el convenio regulador, pero en general por derecho propio se establece un régimen de visitas.
Si se está incumpliendo debe ponerse en contacto con un abogado para que denuncie este incumplimiento o solicite una modificación de medidas en cuyo caso en juez escucha al menor. Pero en cualquier caso se establece un régimen más o menos amplio de visitas, (Fines de semana alternos más un dia entre semana con pernocta, vacaciones escolares, etc.).
Quedamos a su disposición.
Un saludo
lo que prevalece en todo momento es el Convenio Regulador. En su caso, y dada la edad de su hijo, se considera que a partir de los 12 años el menor tiene el derecho de ser oído. Más concretamente una resolución de la Audiencia Provincial de Barcelona (AP Barcelona 20-4-05, EDJ 58230). En el mismo sentido se acuerda el cambio de custodia de una menor que cuenta 14 años de edad, al haber expresado su voluntad de convivir con la madre en lugar de con el padre, atendiendo a que dada dicha edad, puede resultar perjudicial para la misma obligarla a permanecer en una convivencia no deseada.
Para más información, se debería valorar detalladamente su caso para ofrecerle un asesoramiento más completo.