Mi inquilino me ha amenazado por teléfono, ¿qué puedo hacer?
Realizada por annais. 19 mar 2013
Alquilé el apartamento por tres meses porque estaba en paro. El contrato termina el 31 de marzo, le mandé en burofax con 39 días de la no renovación del mismo. Lleva dos meses sin pagarme, solo cobré el primer mes y he recibido amenazas e insultos por teléfono porque el banco ha devuelto recibos y le han cortado el suministro. Es un chico muy agresivo, ¿qué puedo hacer? ¿Y si tampoco sale el 31?
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En cuanto al tema de pago de las rentas, debe vd. saber que el procedimiento de desahucio es un procedimiento rápido. Más menos en 3 meses (hasta unos 5, dependiendo del Juzgado) se produce el lanzamiento. La demanda es relativamente sencilla y el coste no es muy alto.
En cuanto a las amenazas, una denuncia podría surtir algún efecto.
Quedamos a su entera disposición, ofreciéndole un precio especial.
Lo que no entiendo es una cosa: si el inquilino no quiere marcharse teniendo el contrato terminado, ¿yo no puedo invitarlo a que se marche hasta que venga una orden de un juez? De ser así, ¿de qué sirve un contrato? Estuve hablando con un Guardia Civil en el trabajo y me comentó que si se negaba a la salida el día 31 y se ponía agresivo que me saliera de la vivienda y llamara a la Guardia Civil, que ellos se encargarían de proceder al abandono de la vivienda y que si no cediera en salir irían por una orden del juez para sacarlo, puesto que el contrato terminó sería allanamiento de morada, ¿esto es así?
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Avisé mediante Burofax, recibo de acuse y certificado digital de la no renovación del contrato con 39 días de antelación, el cual termina el 31 de marzo si acudo con una pareja de civiles tiene que salir de mi vivienda. Ayer me llamó un vecino diciéndome que se había enganchado a la luz. Muchísimas gracias con lo del teléfono, puse el manos libres, y mi vecina, que en ese momento estaba conmigo, lo escuchó todo.
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Como indican los demás compañeros, las amenazas, a pesar de no existir testigos por realizarse por teléfono, pueden denunciarse, toda vez que el que las profiere se vale de ese medio para "ocultarse", pero es viable una condena por falta de amenazas.
En cuanto a la falta de pago, demanda de juicio verbal de desahucio.
Si las amenazas persisten, debe poner una denuncia. En cuanto al contrato de arrendamiento, si el inquilino no quiere marcharse de la vivienda, puede usted iniciar un procedimiento judicial de desahucio más reclamación de cantidad.