Mi marido nos abandonó hace 2 meses a mí y mis hijas menores, sabiendo que nos quitaban el piso y que yo no trabajo. No me pasa manutención y tiene un abogado de pago y le dijo que dinero no, que me comprara alimentos y me compra poco y no me paga ni gastos de luz, ni agua nada.
Yo estoy esperando el abogado de oficio y no sé qué hacer.
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En primer lugar lo que debe hacer es solicitar medidas provisionales. Ello teniendo en cuenta la situación en que se encuentra y que sus hijos tienen derecho a una pensión de alimentos por parte de su progenitor.
Cuando el juez resuelva sobre este extremo, si su marido sigue sin hacer frente a esa pensión de alimentos a favor se los hijos, debe solicitar la ejecucicon de dichas medidas provisionales.
La cuantía de dicha pensión se establece por cada hijo y en función de los ingresos que se tenga.
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Buenas tardes. Decirle que su marido, a parecer nuestro, está MUY mal asesorado. En todo caso, decirle que debe instar de inmediato una demanda de medidas previas solicitando, entre otros extremos, que su marido tenga la obligación de abonar una pensión de alimentos para sus hijas y una pensión de alimentos (luego compensatoria) para usted. Si no puede permitirse un abogado privado, acuda al Juzgado y pida uno de oficio. Allí le dirán qué documentos ha de aportar.
No dude en consultarnos todo aquello que le preocupe. Contamos con despachos en Sabadell, Barcelona y Madrid.
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Hola señora. Ni abogado ni justicia, ni nada. Yo ya tengo sentencia para la manutención de mis hijos, y a pesar de estar embargado mi ex, para de ahí la manutención de mis hijos, llevo 1 año sin coger la manutención de mis hijos, pero lo peor es que el dinero está en el juzgado allí parado y mis hijos sin manutención. No tienen vergüenza. ¿Mis hijos de qué comen?
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¿Has solicitado unas medidas cautelares? ¿Has solicitado demanda de divorcio? Sino no tiene obligación alguna de darte nada.
Bueno días,
Lo lógico es plantear un procedimiento de divorcio con unas medidas urgentes que fijen con carácter urgente y cautelar la pensión que debe abonarle.
En su lugar instaría unas medidas provisionales antes del juicio principal, ya que según nos indica su situación es precaria. Su marido tiene obligación legal de pasarle pensión alimenticia a sus hijos, que no comprarle alimentos. y Vd. si el divorcio le supone desequilibrio económico puede solicitar para vd. pensión compensatoria.
Lo mejor que puede hacer Ud. es agilizar obtener un abogado de oficio, si Ud. no puede costearse uno.
En cualquier caso, Ud. podría reclamarle a su exmarido tanto en vía penal como en vía civil, en caso de que Ud. tenga a su favor una sentencia o un convenio regulador en el que conste la obligación de su exmarido de abonarle las referidas pensiones.
Si ud. lo desea contacte con nosotros y le informaremos con mayor detalle.
Somos un despacho de abogados al que has consultado, si quieres te informamos gratuitamente en relación con tu consulta. Mándanos una solicitud.
Simón Lahoz y Asociados-Abogados
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Intente agilizar el nombramiento de abogado de oficio, y sobre todo, pida que el compañero solicite medidas provisionales para que se establezca la obligación de pago cuanto antes.
La vía de la denuncia tambien existe, pero la civil es la que va a marcar cuanto debe pagar su ex pareja.
Ante su situación, lo adecuado sería interponer una demanda de medidas provisionalísimas en solicitud de pensión de alimentos para sus hijos y contribución a las cargas familiares.
Acérquese al Colegio de Abogados, exponga su caso e intente que le nombren abogado de oficio lo antes posible para que le asesore y presente la demanda. No obstante, para este tipo de demanda previa, como no necesita letrado, podría solicitarlas Usted directamente ante el Juzgado.
Intente asesorarse de como redactarlaa través de un abogado gratuito (disponible determinados días a la semana en el Colegio de Abogados o en servicios públicos que tengan acordado convenio) o en último recurso en Fiscalía.
También puede denunciar en Comisaría el abandono, por vía penal, pero si no tiene ningún tipo de resolución judicial al respecto, lo mejor es provocarla con su solicitud.
Al igual que el resto de mis compañeros mi consejo es que acuda bien al Juzgado de Guardia bien a la Comisaría de Policía y formule denuncia denuncia contra su marido, todo ello sin perjuicio de emprender acciones civiles una vez se le designe abogado de oficio.
Un saludo.
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A través de su abogado, una vez se le nombre, ha de instar un procedimiento para la adopción de medidas económicas y personales sobre las hijas menores. Cabe la posibilidad de instar por vía de urgencia unas medidas provisionales previas sobre el asunto. En ambos procedimientos se establecerán la custodia (que se le otorgará a Vd. según lo que plantea), la pensión alimenticia que debe pasar el padre por sus hijas y derecho de visitas a su favor.
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Usted puede recurrir a dos vías: la civil para reclamar la cantidad de dinero que le adeuda más los intereses y a la via penal para denunciarle por abandono de familia en la modalidad de impago de alimentos. Es interesante iniciar las dos vias, deberá buscar un abogado.
En cuanto le sea asignado abogado de oficio éste le asesorará sobre los pasos a seguir. Solicitará medidas provisionales hasta que se dicte sentencia de divorcio o separación, y en éstas se establecerá la cantidad que tendrá que pasar su marido en concepto de pensión de alimentos a favor de sus hijos, así como otras medidas.
Además, por lo que se puede deducir de lo que narra, su marido ha podido incurrir en un delito de abandono de familia regulado en el artículo 226 del Código Penal, por lo que puede denunciarlo por ello.
La solución ideal si no hay medidas civiles adoptadas es interponer unas medidas provisionales previas a la interposición a la demanda. Esta sería la solución más rápida para intentar obtener una pensión de alimentos.
Si no tiene acordadas unas medidas civiles en el Juzgado respecto a la pensión alimenticia, la solución más rápida es presentar unas medidas provisionalísimas, con el fin de que, al menos, provisionalmente se acuerde una pensión que pueda solucionar esta situación.
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Buenos días,
independientemente de que no tenga abogado, su marido tiene la obligación legal de prestar alimentos, tanto a usted como al hijo común, porque él mismo está produciendo una situación de necesidad.
Si tienen bienes ganaciales, o comunes, debe dejarle disponer, sacando dinero, etc.
Como bien le indica un compañero, en tanto se tramite por la vía civil un divorcio con sus medidas económicas, puede interponer denuncia ante el Juzgado de Guardia, o comisaría de policía, por abandono de familia, puesto que constituye delito una actuación tal.
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Intente agilizar el nombramiento de Abogado de Oficio y que rápidamente interponga demanda de mediadas provisionales donde en días le establecerán una manutención.
En cualquier caso si su situación llega a límites de corte de luz y agua o falta de alimentos, diríjase a la Fiscalía y ponga denuncia, ya que esa situación puede ser constituir delito por parte de su marido.
Elejabeitia Abogados, S.L. Fernando de Elejabeitia
Ahora mismo según parece no hay ninguna resolución judicial estableciendo medidas como la de la pensión de alimentos o una pensión compensatoria, por lo que en principio, su marido no tiene obligación alguna de pagarle nada. Su abogado la asesorará convenientemente, si bien, yo le recomendaría que interpusiera medidas provisionales previas a la demanda a fin de agilizar el procedimiento.
Un saludo
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Buenos días,
Dada la situación que nos plantea, podría acudir a presentar una denuncia por abandono de familia. Aunque si está esperando la asignación de un abogado de oficio, él le asesorará sobre cuáles son las líneas de actuación a seguir.
Un cordial saludo,
El equipo de Litiscan Abogados.