¿Mi padre tiene que pagarme los estudios hasta los 25 si tengo yo hijo y marido?
Realizada por tatiana. 10 sep 2013
Tengo 21 años, un hijo y vivo con mi marido en la casa de los papas de él, pero yo quiero seguir estudiando. Mi papa vive con otra mujer que tiene una hija de él y otro de ella, ella no deja que mi papa me de nada porque todo tiene que ser para ella y la hija, entonces quisiera saber si me papa tiene que seguir dándome el estudio. Gracias.
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Buenas tardes.
Usted tiene derecho a percibir una pensión de alimentos (entre lo que se incluye los gastos de estudio básicos) siempre que usted no reciba ninguna prestación y no pueda valerse económicamente por sí sola.
Para más información puede contactar con nosotros.
Buenas tardes Tatiana.
Por lo que usted explica , es mayor de edad, está casada y no vive con sus padres. En esta situación difícilmente ningún juez le asignará una pensión para seguir estudiando.
La obligación de alimentos reside en primer lugar en su marido, y en su defecto en sus padres.
Habría que conocer el caso más a fondo para ver si hay alguna posibilidad pero es remota.
Saludos
Los padres tienen que hacerse cargo de la manutención y formación de sus hijos hasta que éstos se convierten en económicamente independientes. En su caso, por lo que describe Usted no solo ya no vive con sus padres, sino que ha formado una nueva familia con su marido y su hijo por lo que, en mi opinión, su padre ya no está obligado a sufragarle los estudios.
No obstante, en caso de que existiera una sentencia que establezca una pensión de alimentos a su favor, su padre estará obligado a abonársela hasta que inicie un procedimiento judicial de modificación de medidas, por lo que en caso de impago Usted puede exigirle su abono.
En primer lugar debería confirmarme si usted tiene una sentencia judicial en el cual se reconozca que su padre debe pasarle una pensión de alimentos. En caso afirmativo deberíamos mirar el convenio ya que existen convenios donde se estipula la edad hasta la que el padre debe pasarle la pensión al hijo, incluso aunque sea mayor de edad.
En caso que no tenga sentencia judicial que le reconozca ese derecho de pensión de alimentos, su padre no tiene obligación alguna a pagarle nada, ya que es mayor de edad.