Mi papá nunca le pasó la manuntención a mi mamá por mi, ¿qué puedo hacer?

Realizada por romina. 24 abr 2013

Hola, tengo 22 años y mi papá nunca le pasó la manutención a mi mamá por mi, yo ni siquiera tengo su apellido. Hoy por hoy, ¿puedo reclamarle todo lo que nunca le pagó a mi mamá?

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Buenos días,
Dado que comentas que no llevas el apellido de tu padre, al parecer no estás reconocida como hija suya, por lo que en principio (y si eso es como expongo) no tienes derecho a percibir alimentos de esa persona hasta que no se te reconozca como hija.
En ese caso, tendrás que acudir a un abogado de tu zona, para que te asesore sobre como interponer una demanda de paternidad en la que solicitar que se te reconozca como hija de esa persona. A partir de ese reconocimiento, será cuando puedas solicitar alimentos, siempre y cuando los necesites, pues si el juez considera que ya no los necesitas por tu situación económica, no te los darán.
Para plantear la demanda de paternidad no olvides que necesitas alguna prueba de que realmente sea tu padre la persona a la que vas a demandar.

Espero que te haya servido de ayuda, en caso de necesitar más asesoramiento puedes ponerte en contacto conmigo.
Jennifer Alarcón.
Abogada.

Jennifer Alarcón Abogada Abogado en Hellín

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Buenas tardes:

Solo podría reclamar los 5 años últimos, debiendo presentar demanda ante el juzgado instando la ejecución de sentencia con abogado y procurador, si hubiera sentencia de sepració mo divorciio, y si no la hay deberá formulrla en prgenitor con el que está, interesando esta medida.

Un saludo cordial.

Abogados Navarro Cabanillas Abogado en Córdoba

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Buenos días,
Si la pensión de alimentos se halla fijada en Sentencia Judicial, Vd. puede reclamar los últimos cinco años. Si por el contrario no se presentó ninguna demanda ni tampoco existe Sentencia Vd. no podrá reclamarle ninguna cantidad.
Quedo a su disposición para cualquier aclaración.
Saludos cordiales,
Rangel Abogados.

Rangel Abogados Abogado en Barcelona

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La pensión por alimentos se determina por Sentencia Judicial donde se establece la cantidad y periodicidad. Lo corriente es que la otra parte abone la misma de una forma regular. Sin embargo, si se negare al pago de la misma se debe presentar una demanda de ejecución de sentencia donde se reclame el pago de la misma con las cantidades atrasadas. Así mismo, habrá que estar a la prescripción de la misma que corresponde al plazo de 5 años.

Mariaderojasabogados Abogado en Madrid

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La pensión de alimentos prescribe a los 5 años, por ello podéis reclamarle los 5 últimos años, para ello es necesario presentar demanda de ejecución de sentencia con abogado y procurador, quedo a tu disposición si precisas mayor asesoramiento.

Saludos.

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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