Monitorio importe inferior 2.000 euros
Buenos días: me llega una demanda por un monitorio que no alcanza los 2.000 euros en el pasado mes de abril por una supuesta deuda por una tarjeta de crédito y cuyo saldo se ha vendido a una empresa de recobros.
Ni se aporta contrato de dicha tarjeta, ni desglose que justifique los 1.900 euros que se me reclaman, ni existe justificante alguno de entrega de aviso de pago por parte ni del banco ni de la empresa que ha adquirido el crédito.
Contesto inmediatamente, adjuntando además pantallas de la banca online del banco donde supuestamente tenía la deuda, y donde se observa con claridad meridiana que ni tengo ni he tenido tarjeta alguna ni viva ni cancelada. Que además no tengo recibido requerimiento alguno por parte de nadie y que lógicamente me niego al pago de una deuda que no reconozco y que nadie me documenta. Incluso aporté denuncia ante la Agencia de Protección de Datos porque jamás firmé un contrato en el que se autorizase a nadie a ceder mis datos y mucho menos mis deudas a terceros.
6 meses más tarde, en octubre, veo que la situación de mi expediente judicial es "Dictada Sentencia o Resolución Final".
Es decir, que a la vista de lo aportado tanto por ellos como por mi, no hay juicio que celebrar y se emite una sentencia (no se si positiva o negativa, porque no tengo aún la notificación) por parte del juzgado sin más.
Quiero decir. ¿Esto funciona de este modo y es lo habitual?
¿En el caso de estar en desacuerdo con la sentencia, tengo opción a recurrir? O ¿es una sentencia firme para lo bueno o para lo malo?
Saludos cordiales.