Buenos días. Impacté contra un motorista por su imprudencia (por adelantar por la derecha durante una retención). Él me pide que pague los daños de su moto y me niego totalmente. ¿Puedo exigir que me pague el los arañazos que tengo por su culpa? Gracias
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Las motocicletas tienen permitido circular y adelantar por la derecha, de todas formas le informo quien tiene que encargarse de los daños a la motocicleta es su compañía aseguradora, pero de sus daños le indico no va a responder la compañía contraria por la razón que le indicaba anteriormente. Si tiene lesiones le va a denunciar, casi siempre es así cuando se trata de motoristas, y para lograr la indemnización.
No dude en llamarnos si desea que le aconsejemos sobre los pasos a seguir. Somos especialistas.
Si se considera perjudicado por la imprudencia, por supuesto, puede reclamar; otra cosa será la determinación final de quién es el responsable, y por tanto quién, a través de su seguro, debe pagar los daños reclamados. En tanto especialistas en accidentes de tráfico, le aconsejamos efectúe la consiguiente reclamación sobre los hechos y sus consecuencias a través de abogado.
A&B Abogados
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Si no hay acuerdo respecto a la responsabilidad de la colisión deberá dirimirse en un juicio. Será importante saber la distancia en que circulaba la moto respecto del coche por la derecha, si el coche se desplazó hacia la derecha como lo hizo, si lo indicó o no, etc. Sepa que si tiene contratada la defensa jurídica su aseguradora debe hacerse cargo de los gastos hasta el límite contratado, siendo la elección de abogado libre, es decir usted puede ir o no ir con el abogado que le proponga la compañía. Si usted elige uno que no lo es deberán pagarle los honorarios hasta el límite contratado.
Me temo que está condenado a asistir a uno o quizás varios juicios para dirimir quién tiene la responsabilidad en el siniestro. Lo primero de todo probablemente se celebre un juicio de faltas en el que usted sea el denunciado por una supuesta falta de lesiones por imprudencia del art 621.3 del Código Penal. En el caso de que no quede acreditada la culpa o negligencia por su parte, es posible que se inicie un juicio ejecutivo del automóvil dado que la responsabilidad penal y civil parten de premisas distintas. Para que sea condenado penalmente (juicio de faltas), será necesario demostrar que su culpa o negligencia si la hubiera fue lo suficientemente grave como para ser reprochable penalmente hablando, y la responsabilidad civil por el contrario es objetiva, y será usted y su aseguradora como responsable civil directo, los encargados de defender que hicieron todo lo posible para no causar el daño que realmente está objetivado y se produjo. El juez tendrá que dirimir si existió culpa exclusiva de la víctima, concurrencia de culpas o cualquier otro eximente de responsabilidad civil...(fuerza mayor ajena a la conducción, nulidad de título....). Por supuesto usted podrá demandar en vía civil por los daños de su vehículo o denunciar/demandar si además hubo lesiones. Es un problema de prueba.(atestado, testigos...etc.). Suerte
Buenos Dias, le informamos que si la culpa fue de usted, tendrá que indemnizar por los daños a la victima a traves de su Compañía. Si desea que valoremos su caso y su reclamación, en Grech Abogados somos expertos en Accidente de Trafico y Penal, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!!!
Tiene que dar el parte a su compañía de seguros y explicar los hechos ocurridos.
Si la culpa fue exclusiva del conductor de la motocicleta su Compañía de seguros no asumirá el siniestro, por lo que le corresponderá al titular de la motocicleta abonar los gastos de reparación de la motocicleta.
Y, por su parte su aseguradora tendrá que plantear una reclamación por el importe de los daños a la aseguradora de la motocicleta.
En caso de no haber acuerdo entre las aseguradoras, tendría que debatirse en un juicio.