Necesito consejo sobre el tema manutención e impago/abandono de mi padre

Realizada por Eduardo. 13 oct 2016 Pensión alimenticia

Muy buenas.

Ante todo agradecerles de antemano, he estado leyendo distintos casos y me parece estupenda la idea y la ayuda ofrecida en esta web.

Les expongo mi problema:

Me llamo Eduardo y tengo 21 años. Resulta que hace muchos años (calculo que desde que tenía 6 o 7 años) mi padre nos abandonó tanto a mi hermano menor (hoy en día tiene 17 años) como a mí, dejándole todo el peso a mi madre. Pasaron los años y mi madre fue denunciando y teniendo distintos juicios en los que mi padre no se presentó. Aún hoy en día no he recibido ningún tipo de contacto, ayuda ni pensión por parte de él. Parece que mi madre está un poco rendida con la situación y no le da tanta importancia a la regularidad de las denuncias y por lo tanto está el tema un poco parado. Me gustaría saber si des del lado del hijo (mi lado) puedo hacer algo. Necesito una ayuda económica para poder seguir con mis estudios y para poder empezar mi vida y mi madre no da a basto.

¿Podría conseguir algo si denuncio? ¿El qué? ¿Cómo debería hacerlo y qué posibilidades hay de que salga ganando?


Gracias de nuevo,

Eduardo.

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Buenos Días Eduardo, le informamos que si su madre tiene la guarda y custodia deberá reclamar pensión de alimentos si existe sentencia dictada de divorcio o de medidas paternofiliales. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenas tardes,

Tras haber leído la información facilitada, sería conveniente saber si existe un convenio regulador entre tus padres, así como si los mismos estuvieron o no casados, dado que de lo contrario habría que interponer la correspondiente demanda en aras de fijar los extremos referentes a la guarda y custodia (en este caso sería de su hermano de 17 años dada su minoría de edad) y la pensión de alimentos (tanto de tu hermano menor, como suya si aún continua con sus estudios).

Respondiendo a sus preguntas, debo decirle que, conforme a la última jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo, los progenitores deberán seguir contribuyendo a soportar los gastos de sus hijos, incluso cuando estos sean mayores de edad, siempre y cuando se acredite que éstos acuden a dicha formación, van aprobando, etc... Es decir, una serie de parámetros que nuestro alto Tribunal establece para evitar determinados fraudes.

Quedo a su entera disposición para los trámites de los que precise.

Reciba un cordial saludo,
J. Rafael Martín Hernández
Abogado

J. Rafael Martín Hernández Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

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