Hola buenas noches, mi madre tiene un piso en Barcelona en alquiler que estoy gestionando yo, ya que ella tiene 65 años y no entiende de estas cosas, los inquilinos nunca han pagado dentro de plazo, les hemos dicho que tenemos intención de vender el piso y como ellos no quieren comprarlo pues acordamos en que iban a buscar otro piso y se irían, bien pues hoy cuando he llamado para ver cuándo nos iban a hacer el ingreso porque ya se han pasado de fecha (debe de pagar del 1-5 de cada mes ) y me ha dicho que estos dos meses no me van a pagar y que como me dio dos meses de fianza pues que me lo cobrase de ahí, he intentado razonar con él y no ha habido manera.
Si él no paga yo no puedo pagar la casa donde estoy viviendo y me veo en la calle con mi mujer y mis dos hijos pequeños.
Necesito saber si mi madre me puede dar poderes para poder denunciar y saber si podéis guiarme un poco en el procedimiento, muchas gracias de antemano.
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A partir de un mes de impago de la renta puede interponerse una demanda de desahucio y reclamación de las rentas debidas.
La fianza no puede aplicarse al pago de las rentas, ya que su finalidad es la de garantía por posibles desperfectos o incumplimientos del contrato, debiendo ser devuelta, en su caso, en el plazo de 30 días una vez recuperada la vivienda.
Su madre puede otorgar un poder notarial a favor del procurador y abogado que vaya a presentar la demanda.
Tiene varias opciones. En caso de que no paguen 3 mensualidades, puede presentar una demanda de lanzamiento y de esta manera el contrato quedaría resuelto, a no ser que paguen lo que le deben de golpe y continúen, aunque solo podrían hacerlo una vez.
Si lo que quiere es resolver el contrato sí o sí, debe comunicárselo con al menos una antelación de 30 días, de manera fehaciente, y, en caso de que en el contrato se establezca, indemnizar al inquilino con una mensualidad por cada año que falte por cumplir de contrato.
Lo adecuado sería que fueran a un notario para que le otorgue poderes.
Sí. Su madre le puede dar poderes para actuar. Lo más adecuado sería que fuese con su madre a un notario para realizar el trámite. Usted tiene el derecho de ejecutar a los inquilinos si no pagan 3 mensualidades, aunque ellos podrían pagar las cuotas de golpe una vez para solucionarlo.
Si desea resolver el contrato, debe comunicarlo antes de 30 días. Si han pactado en el contrato una indemnización para estos casos, esta debe ser de una mensualidad por cada año que reste por cumplir del contrato.