Hola. Voy a tener que retrasar algunos pagos durante unos meses y quisiera saber qué me puede pasar si retraso el pago dos meses ya que no quiero que me desahucie ¿cuantos meses puedo no pagar el alquiler antes de que el propietario pueda pedir que me desahucien? Gracias
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Buenas tardes E.Arocha,
En principio con un sólo impago ya se puede iniciar el desahucio que podrá anularlo (enervarlo), pagando la totalidad de la deuda, teniendo en cuenta que dicha anulación o enervación, sólo se le da la oportunidad de hacerlo una vez, ya que si dejara de pagar otra vez, el desahucio sería directo.
Para mayor aclaración, estaremos encantados de atenderte en Negotia Abogados, siendo la primera entrevista es gratuita, y podremos asesorarte más detalladamente. Un saludo.
Basta con el impago de una sola renta para que el contrato de arrendamiento quede resuelto y el propietario está desde ese momento legitimado para interponer una demanda de desahucio contra Vd y reclamarle las rentas impagadas. Otra opción es que llegado el momento de la demanda pueda Vd pagar la totalidad de la deuda hasta ese momento, dejando enervada (sin efecto) la demanda de desahucio, pero eso solo puede hacerse una vez
Buenos días, hay una reforma de la Ley. Desde el primer impago de la renta se le puede demandar por el propietario. A partir de entonces usted tiene un plazo de 10 días hábiles para enervar o intentar enervar el desahucio (pagar las rentas debidas).
A su disposición para cualquier consulta.
desde que se produce el impago el propietario puede solicitar el desahucio, si llegara a demandarle usted puede enervar la accion (evitar el desahucio) consignando las cantidades debidas. Mi consejo es que vaya pagando y si no le coge los pagos parciales acuda a un letrado a asesorarse. Tiene mi despacho a su disposicion si precisa asesoramiento. saludos