Mi ex y yo nos hemos divorciado y ya nos han llamado para firmar en el juzgado, pero aún no ha llegado la sentencia firme. Voy a comprar una vivienda y quiero saber si puedo firmar la escritura sin que a mi ex le pertenezca parte de la vivienda que voy a comprar por no tener la sentencia firme.
Vivimos y voy a comprar en Valencia capital.
Gracias. Yolanda.
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Hasta que no se dicte la Sentencia de divorcio y se disuelva el régimen de sociedad de gananciales que Vds. integran, cualquier bien que adquiera por compraventa uno de los cónyuges lo hace para su sociedad de gananciales.
También pueden previamente a que se dicte la Sentencia otorgar capitulaciones matrimoniales ante Notario y pasar a regirse por el régimen de separación absoluta de bienes, y a partir de entonces cada uno adquiere para sí tanto deudas como bienes.
Podrías haberte leído la documentación que te dio tu marido hace más de seis meses y haberle hecho caso.
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Hola Yolanda, si se caso antes del 25 abril de 2008 su régimen económico matrimonial era en nuestra comunidad el de gananciales como regla general salvo que hubiese efectuado
Capitulaciones matrimoniales ante Notario en que especificase que matrimoniaba en separación de bienes.
Estas circunstancias las debe valorar antes de adquirir cualquier bien.
Para precisar su pregunta puede contactar con nuestro despacho.
Le atenderá abogada sin compromiso.
Hola, si el matrimonio es posterior al 25 de abril de 2008 y no pactaron otra cosa, según la Ley 10/2007, de 20 de marzo, de la Generalitat, de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, el régimen matrimonial es el de separación de bienes, por lo que usted podría escribir la vivienda para su patrimonio personal sin necesidad de esperar a la sentencia de divorcio.
Sin embargo, si su régimen es el de gananciales, entonces si tendrá que esperar a que se dicte la sentencia, o adquirir la vivienda con carácter privativo con consentimiento expreso de su esposo, que tendría que manifestar en la escritura de compraventa.
Un saludo
Todo dependerá del régimen económico matrimonial que tengáis. Si es separación de bienes, ningún problema, porque adquieres la vivienda para ti como bien privativo y ya está. Si fuera gananciales, mientras dure el matrimonio todo lo que se adquiere se hace para la sociedad de gananciales, es decir, para los dos.