Obligaciones económicas en hijos mayores edad

Realizada por Mónica de la Torre Lopez. 11 oct 2016 Pensión alimenticia

Hace 7 años que estoy divorciada con custodia compartida, pagando cada uno la parte proporcional de los gastos fijos de las hijas, en función de los sueldos: 70% el padre, 30% la madre. Hace 5 años que estoy en paro y hace un año dejé de ingresar la pensión que en ese momento era de 40€.

Lo llamé, se lo comenté y le dije que llevaba 54 años ingresando un dinero sin tenerlo pero que ya no podía más, que cuando encontrara trabajo le pagaría lo que le debiera.

La hija pequeña ahora va a un colegio público porque él se niega a pagar el colegio si yo no aporto. No quiso escolarizar a la hija mayor, ella tampoco tenía muchas ganar de seguir estudiando y ha trabajado durante 6 meses pero ahora también está en paro.

El padre quiere que mi hija mayor se venga a vivir conmigo pero como es mayor de edad dice que no me tiene que pasar ninguna pensión. ¿Cuánto aproximadamente tendría que pasarme de pensión por la hija mayor mientras no trabaje mi hija? ¿Y cuando trabaje mi hija el padre tendrá que seguir pagándome algo?

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Si un hijo alcanza la mayoría de edad, la obligación de proporcionar alimentos del progenitor se mantiene hasta que el hijo sea independiente económicamente siempre que se demuestre que el hijo está haciendo esfuerzos constatables para ser independiente .
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LOGARO TAX & LEGAL SLP Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

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