Obras en baño
Si soy abogado autónomo, y trabajo tanto en un despacho, como en mi casa, y en mi casa me voy a hacer una reforma del baño, que me va costar 1815 euros + IVA, ¿me lo puedo contabilizar como gasto de explotación, para recuperar el IVA? Porque de hecho, yo trabajo bastante en mi casa, y utilizo el baño, podría decir que el baño es una herramienta de trabajo más, mientras que el despacho, donde trabajo, y que por ser un negocio familiar, ni me cobran, ni imputo ningún gasto de alquiler alguno.