Patria potestad o custodia, pasos a seguir

Realizada por Silvia. 29 abr 2015

Buenos días,


Mi hija de 7 años lleva los apellidos de su padre, el cual lleva desde que nació sin tener contacto alguno con ella, nunca nos ha pasado pensión alguna y no se ha interesado por ella. Nunca he iniciado ningún proceso legal, pero tengo miedo de que un día aparezca y quiera tener contacto con ella o llevársela. ¿Qué podría hacer al respecto desde el punto de vista legal? ¿Solicitar la custodia o la patria potestad? y si es así ¿qué pasos tengo que dar? También me gustaría cambiarle los apellidos por los míos exclusivamente.


Las Palmas de Gran Canaria.

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Ha de presentar una demanda solicitando medidas para hija extramatrimonial, para que le otorgue la guardia y custodia exclusiva a usted, y de momento, sin régimen de visitas puesto que no se conocen, al igual que solicitar una manutención.
Respecto al cambio de apellidos, sólo podrá hacerlo su hija al alcanzar la mayoría de edad.
Quedo a su disposición

Afede, Alianza Franco Española De Abogados De Empresa Abogado en Salamanca

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Lo que tiene que presentar es una demanda solicitando la guarda y custodia de su hija. La patria potestad es diferente a la guarda y custodia. El cambio de apellidos no será posible si él es el padre. Un saludo

Herranz Ramia Abogados Abogado en Castellón de la Plana/Castelló de la Plana

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Buenas noches.
una cosa es la guarda y custodia y otra la patria potestad.
Es difícil que le quiten a un padre la patria potestad pero no imposible, se puede intentar por el desinterés y abandono mostrado. No puedes exigir alimentes porque no hay una sentencia judicial que lo obligue.
Acudir a un proceso legal es arriesgarte a que se le fije unas visitas al padre, pues la niña es muy pequeña y no hay garantías que se le retire la patria potestad.
Quizá sea mejor a que la niña sea más grande y tenga derecho a ser oída por el juez.

Ana Fidalgo Sosa Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

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Es conveniente que tenga establecido por un Juez que le corresponde a Vd. la guarda y custodia de la menor, igualmente, el progenitor está obligado a contribuir a la manutención de la niña, independientemente de que se establezcan unas visitas del padre a la menor.

Para ello debería iniciar un proceso de medidas paterno-filiales, siendo necesario que la demanda vaya firmada por abogado y procurador.

Quedamos a su disposición si precisa más información al respecto. (Sin ningún compromiso).

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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Buenos días.

Para dicha actuación se requieren los servicios de abogado y procurador e iniciar un procedimiento judicial.

Quedamos a su disposición.
Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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