Patria y potestad de mi hijo

Realizada por Esther. 16 sep 2013

Tengo un hijo de 8 años del cual tengo la guarda y custodia. Su ``padre´´ y yo nos separamos desde que el niño tenía un año y medio ( no estábamos casados). Tuvimos juicio y hubo una sentencia en la que decía que el niño tenía que quedarse conmigo, que el padre me tenia que pasar una pensión y que podía venir a ver al niño ciertos días, pero siempre con mi presencia. Desde ese momento jamás me ha pasado ni la pensión del niño, ni le llama para saber de él, ni ha venido a verle nunca más. Ahora mismo, el padre está en paradero desconocido. Mi pregunta es: ¿cómo puedo conseguir la patria y potestad de mi hijo para mi sola? ¿ le puedo quitar el apellido de su padre, para ponerle mis dos apellidos? ¿Dónde tengo que ir para hacerlo? Gracias.

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Buenos dias,
Lo correcto sería ir al Juzgado de guardia o a la Comisaria más cercana para interponer una denuncia por impago de pensiones, a lo cual venía obligado el progenitor. No es posible cambiarle los apellidos, pero sí lo podrá hacer él mismo cuando sea mayor de edad en el Registro Civil.
Si tuviere cualquier duda o cuestión no dude en ponerse en contacto conmigo.
Saludos
Lorena Abad

Abad Y Velázquez Abogados Abogado en Zaragoza

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Buenas tardes Esther.
Si el padre se ha desentendido totalmente del niño y además está en paradero desconocido, lo que le recomiendo es que inste una demanda por incumplimiento de convenio y en ella solicitar que le sea retirada la patria potestad.
Si el juez lo admite, entonces puede iniciar los trámites en el Registro Civil para cambiar los apellidos del niño,
Son trámites complejos por lo que le aconsejo que acuda a un abogado.
Si lo desea puede contactar con nosotros para ampliar la información y poderle orientar con mejor conocimiento de causa.
Saludos

A.llei Abogado en Sabadell

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Si lo desea puede ponerse en contacto con nuestro bufete y le asesoraremos.

Intlaw Abogados & Consultores Abogado en Barcelona

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Buenos días,
Si el padre está en paradero desconocido, y sabe que no va a poder cobrar nada de él no le aconsejo en ningún caso una demanda ejecutiva, no va a servir salvo para gastar el dinero en el abogado que lleva el tema. Pues si no le encuentran y no encuentran bienes suyos no va a cobrar nada.

En este caso le recomiendo que interponga una denuncia por impago de pensiones, lo que le dará la posibilidad de que se dicte una sentencia en la que se prive al padre del niño del derecho a la patria potestad. Con esta sentencia podría acudir a los Tribunales civiles para que, en vista de que el padre está en paradero desconocido y se ha desentendido totalmente del niño, se le retire la patria potestad del mismo.

Para cualquier duda o consulta puedes ponerte en contacto conmigo. Incluso para llevar tu caso. Un saludo.

Jennifer Alarcón Abogada Abogado en Hellín

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Buenos días Esther, el padre o la madre podrán ser privados total o parcialmente de la patria potestad por varias razones, pero siempre mediante Sentencia Judicial.
En la práctica la causa más invocada de privación de la patria potestad es la falta de cumplimiento de las obligaciones económicas.

No dude en ponerse en contacto con el despacho y le atenderemos inmediatamente.

Amaia Ilundain Abogado en Pamplona/Iruña

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Puede presentar una demanda solicitando se revoque la patria potestad compartida y se le conceda a vd. en exclusiva para lo que es importante que disponga de pruebas documentadas que acrediten todo lo que vd. narra.
En cuanto al impago de la pensión de alimentos, debe presentar una demanda solicitando la ejecución de la sentencia que en su día se dictó.
Para todo ello requiere de la asistencia de abogado y procurador.
Un saludo,
Ane Miren Magro

ERCILLA ABOGADOS Abogado en Bilbao

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Mediante una demanda de modificación de medidas se puede privar la patria potestad de unos de los progenitores de un menor; no obstante para que prospere dicha demanda se tiene que cumplir lo dispuesto en el Código Civil respecto privación de patria potestad; en el caso concreto que me comenta valdría con probar la ausencia prolongada o el abandono del menor.

Un saludo.

María García Parla Abogada/advocada Abogado en Salou

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