Mi intención es ver qué es lo mejor para los niños y ayudar a la madre en su padecimiento en la medida de mis posibilidades. Me separé de ella porque sufre un trastorno esquizoafectivo de tipo depresivo diagnosticado que, además de sumirla en un estado anímico depresivo, provoca que tenga pensamientos hostiles hacia mí. Esto ha resultado en que la coexistencia se haya vuelto muy complicada a lo largo de los últimos años, situación que se ha acentuado en los dos últimos años produciéndose dos ingresos hospitalarios, uno voluntario y otro involuntario, al negarse a tomar la medicación.
Me preocupa profundamente el efecto que la evolución de este trastorno pudiera tener sobre el desarrollo psicológico de nuestros hijos menores a largo plazo, por ello me veo en la tesitura de pedir la custodia exclusiva.
Desde que terminó su último ingreso hospitalario he procurado atender a su petición de estar con los niños porque entendí que ello ayudaría a su recuperación. Sin embargo, a día de hoy, y atendiendo a su requerimiento de que es demasiada carga para ella, creo conveniente encargarme yo de los niños. Desde mi punto de vista esto sería beneficioso para los niños y para ella también, ya que podría centrarse en ella misma y en su bienestar. También se da el agravante de que ella no trabaja. Si no me dieran la custodia, ¿podrían dárselo a ella? Antes de esto, ¿podria intentar la compartida? ¿qué escenarios tendría en ambos tipos de custodia en lo que respecta a la pensión alimenticia teniendo en cuenta que ella no trabaja?
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Dada la situación de la madre de los niños es muy conveniente solicitar la atribución de la guarda y custodia a su favor, no considerando recomendable la custodia compartida pues ello supondría que los niños convivirían con la madre la mitad de un período determinado y la otra mitad con usted y estimo más aconsejable que usted pida la custodia exclusiva con un régimen de visitas en favor de la madre. Sería oportuno conocer el contenido de los informes médicos para darle una respuesta más precisa en su caso. Respecto de la pensión de alimentos, de tener usted la custodia, se suprimiría. De promover la custodia compartida y al carecer ella de ingresos, es posible que sólo tuviese usted que abonar la mitad de lo que está abonando actualmente. De ser de su interés quedo a su disposición para cualquier aclaración o trámite.
Por la situación que expone, es muy atendible su petición de guarda exclusiva de los menores dada la situación mental tan complicada de la madre. Para ello deberá demostrar incontestableme todo lo que refiere. Recuerde que NO puede presentar documental alguna médica de la señora, y todo deberá solicitarlo al centro médico donde sabe que la han atendido.
Además, entiendo que dada la situación debe velarse por los menores, siendo que quizá las visitas deberían ser supervisadas por personal técnico especializado.
Mi mejor consejo es que busque los servicios de un buen abogado o abogada de su zona experto en derecho de familia.
Buenos Días Cesar, le informamos que dada la grave situación de la madre y teniendo en cuenta que debe prevalecer el interés de los menores ( PPIO FAVOR MINORIS), debe usted instar demanda solicitando la guarda y custodia exclusiva y dado que la madre no trabaja no podrá solicitar pensión de alimentos y deberá sufragar todos los gastos usted.
Buenas tardes Cesar,
Efectivamente puedes y debes pedir la custodia íntregra para tí, pero si crees que existe algún atisbo por tu profesión, o de cualquier otra índole, por la que no se te pudiera dar, y solo en ese caso, podrías pedir subsidiariamente la custodia compartida. Si deseas ampliar la información no dudes en contactar con este despacho. Un saludo
Estimado César tenéis una situación muy complicada, necesitaríamos ver los infórmenes médicos para estudiar y valorar su caso con más detenimiento. No obstante aconsejamos que lo mejor es que solicite la custodia para usted y no compartida porque por lo que nos cuenta no se encuentra bien psíquicamente para ejercerla de forma compartida. Con relación a la pensión alimenticia al ella no trabajar no podemos fijársela, es insolvente y una persona enferma y habría que ver qué dicen los infórmenes médicos por un lado, y por otro, quizás haya que hacer pericial para valorar otros aspectos vinculados con los menores. Podemos concertar una cita para consulta previo pago de los honorarios establecidos y darle una valoración más completa de su caso. Un saludo cordial, Lic. Rebeca Pérez Ramos, Abogada.