Mi madre falleció y mi padre sigue en la vivienda. Yo en estos momentos estoy en una situación difícil, quisiera saber si puedo pedir la legítima que me corresponde de mi madre. Si puedo pedirla, ¿tendría que ser mi padre quien me pagara?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 0 personas
Buenas tardes:
Si no ha habido partición, usted tiene derecho a su legítima. Seguramente tenga derechos económicos sobre la vivienda en la vive su padre.
Buenos Dias Lourdes, le informamos que todo va a depender de si el causante (fallecido) otorgó testamento o por el contrario habría que acudir a una declaración de herederos ab intestato, y luego aceptar la herencia. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!
En efecto, usted puede reclamar la legítima si no han pasado los diez años desde el fallecimiento de su madre, siendo indiferente si su padre vive o no en la vivienda, está obligado al pago en dinero de un 25% del valor de la herencia.
Empezaría con una reclamación por escrito para comprobar si se aviene a negociar.