Estoy divorciado, tengo un hijo de 8 años y este año elige las vacaciones mi ex.
Según ella, el periodo vacacional es desde el día 23 de diciembre hasta el día 6 de enero, dejando fuera del periodo vacacional el sábado 6 y el domingo 7 de enero.
Mi pregunta es ¿lo normal no sería que el periodo fuera desde el 23 de diciembre hasta el 8 de enero correlativo?
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Los períodos vacacionales deberán estar regulados en la sentencia o en el convenio regulador que rige sus relaciones. Ahí deberían estar las fechas de los períodos vacacionales. Compruébelo a ver qué se establece.
Buenos días, le informamos que los periodos en cuanto al régimen de visitas en vacaciones son elegidos de común acuerdo por los progenitores y deberán ser acordados en convenio y ratificados en sentencia. Si no son respetados podrá instar demanda por ejecución de sentencia o bien si existe cambio sustancial que afecte al interés el menor (PPIO FAVOR MINORIS) deberá instar demanda de modificación de medidas. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle y le deseamos que pase felices fiestas!