Perjuicios del mal asesoramiento del administrador de fincas
Buenas tardes:
Sé que son muchas cuestiones pero creo que Ud. como especialista recomendado en este portal legal, sabrá las respuestas aproximadas. Al menos eso espero y le quedaré enormemente agradecido.
El administrador de una comunidad de propietarios de Badalona nos engañó (dolo, negligencia, abuso de derecho?) con la obligación de pago de la instalación del nuevo ascensor a todos los propietarios excepto a los dueños de los bajos, alegando que así lo recoge el estatuto de la comunidad. Acabo de enterarme de que la ley y múltiple jurisprudencia anterior a 2012 obliga a todos los propietarios sin excepción a pagar la instalación de un ascensor y el mantenimiento de éste, sean o no usuarios del mismo, máxime cuando había y hay personas con problemas de movilidad y ancianos mayores de 70 años. La junta donde se aprobó la instalación del ascensor fue en noviembre de 2011.La instalación y el pago del ascensor acabó en 2014.
La mayoría de propietarios de los "obligados" a pagar, terminamos de pagar en diciembre de 2013, quedaron dos morosos por pagar. Recusé esa acta ante el administrador por email oficial el 8 de diciembre de 2011. En la Junta de 3 de febrero de 2013 yo salvé mi voto y me reservé acciones de impugnación a la aprobación del balance económico de la instalación del ascensor. Consta en acta. También salvé mi voto y reservé acciones de impugnación en la aprobación del presupuesto para 2014 y de los gastos generales (no me fueron entregados) de 2013. Consta en acta. En julio de 2014 envié al administrador un burofax advirtiéndole de mis intenciones de demandar a la comunidad y a él, para interrumpir los plazos de prescripción.
1.- ¿Puedo demandar a la comunidad o a los 5 propietarios, somos 20, con un monitorio por las cantidades que he pagado de más por las cuotas dejadas de abonar de los propietarios de los bajos, estoy en plazo?
2.- ¿Puedo demandar a la comunidad o a los 5 propietarios de bajos por enriquecimiento ilícito u otra figura legal por las cuotas que se ahorraron más intereses más gastos de burofax, abogado, procurador, etc., estoy en plazo? Creo que tengo 15 años siendo 2020 el final del plazo, según ley de 2015.
3. ¿Puedo demandar al administrador por su mala gestión, abuso de derecho, mala fe, negligencia, u otra figura que haya incumplido por no asesorarnos adecuadamente y provocar un acuerdo ilegal de la Junta que perjudicó a 15 de los 20 propietarios y benefició a los 5 restantes, y pedirle una indemnización por las molestias, daños morales, etc., aparte de demandarlo subsidiariamente en el monitorio y/o en el enriquecimiento ilícito?
Muchas gracias.
Mario