Soy fijo en una empresa constructora y me caso un domingo.
¿Cuántos días de permiso me corresponden por matrimonio?
¿Cuándo empiezan a contar los días?
Gracias, un saludo.
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Estimado Fernando.
Lo primero, darte la enhorabuena.
Ahora ya contestando a tus preguntas, el Estatuto de los Trabajadores, en su art. 37.3,a), establece que por matrimonio el trabajador tendrá derecho a un permiso remunerado de 15 días naturales.
El Tribunal Supremo ha dicho en numerosas ocasiones, que este permiso, empezará a contar desde el primer día laborable y no desde el día de la ceremonia.
Esperamos haberte sido útil, si necesitas más información o asesoramiento, estaremos encantados de atenderte.
El Estatuto de Trabajadores establece que corresponden 15 días de permiso si se casa. Los días comienzan a contar dependiendo del día de las nupcias: En su caso, al ser festivo, el primer día a contar sería el lunes. Recuerde que debe comunicarlo con la antelación debida en su empresa, bien oralmente como por escrito debidamente firmado por la empresa (en este segundo caso dispondría de una certificación para acreditar los días de permiso que le corresponden). Todo ello, sin perjuicio de circunstancias que pudieran establecer tanto el convenio regulador que se le aplique. Si desea cualquier tipo de información, no dude en consultarnos.