Por 1000€ no tengo ni para pagar
Me llego un proceso monitorio del juzgado reclamándome 1000€ no tengo para pagar, ¿qué me puede pasar?
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Hola Carlos,
Efectos del requerimiento de pago
Diferentes supuestos
1-Si paga antes del despacho de ejecución o en el acto del
requerimiento, se da por terminada la ejecución poniéndose la
suma de dinero a disposición del ejecutante por el secretario judicial. ¿pero se generan costas? Si el deudor paga cuando se le
requiere judicialmente, sí debe el deudor pagar esas costas;.que costas ‘ Las presupuestadas para intereses y costas por las
que se despachó ejecución.
Si lo hace antes de que se resuelva la oposición, en su caso, a la ejecución se suspende el embargo o se levanta el trabado, y el dinero se queda consignado en el establecimiento que designe el tribunal
2-Si no paga o no es hallado en el domicilio designado en el
titulo ejecutivo se acuerda el embargo de sus bienes.
Las costas del requerimiento son de cuenta del ejecutado
En ese caso ya se ha despachado ejecución y realizado el requerimiento de pago al deudor y por decreto del sij se procede al embargo de bienes.
Es decir se vinculan determinados bienes a la satisfacción del
crédito del acreedor; (se realiza Investigación de bienes del ejecutado).
Mediante diligencia de ordenación, el juzgado requerirá al ejecutado para que manifieste relación de bienes y derechos de su pertenencia
(Es una facultad del acreedor la designación de bienes no una
obligación. y es un deber del órgano requerir, al ejecutado).
Con expresión de cargas, gravámenes y si son inmuebles tendrá
que manifestar si están ocupados porque personas y que titulo
ostentan. Si no contesta el ejecutado, se procederá al embargo de los bienes que resulten, en su caso, tras la investigación judicial.
Espero haberle orientado Carlos.
Un saludo.
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