Preaviso en renuncia volutaria al empleo

Realizada por Jessica Ferrer Balboa. 3 mar 2015

Hola. Tengo una duda. Quisiera saber si en el caso de que decida renunciar al empleo en el que estoy actualmente para irme a otra empresa en la que me han pedido que me incorpore lo antes posible, si debo avisar a mi empresa actual 15 días antes o si, por ejemplo, se podrían descontar esos días de los días de vacaciones que me deben y así trabajar tan solo los que resten antes de cambiar a la empresa nueva. Gracias

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Buenos días Jessica,

La regla general es que el preaviso es de 15 días, pero puede que el Convenio Colectivo aplicable a su empleo, disponga algo diferente.

Si no avisa con el plazo establecido, el finiquito que la empresa ha de abonarle, podrá verse afectado por no cumplir con el plazo de preaviso.

En GMJ Abogados, quedamos a su disposición para asesorarle sobre la forma correcta de cambiar de empleo. No dude en ponerse en contacto con nosotros.

Muchas gracias

Un cordial saludo

Anónimo-194569 Abogado en Madrid

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Buenos días Jessica Ferrer Balboa:


La baja voluntaria o dimisión del trabajador viene regulada en el Estatuto de los trabajadores. Se debe de avisar con la antelación previa que figura en los convenios colectivos o la costumbre del lugar, quince días suele ser el plazo habitual. No obstante, debes de tener en cuenta el Convenio Colectivo que se aplique a tu trabajo por si dispone algo diferente.

El trabajador deberá avisar a la empresa de forma expresa, ya sea por escrito o verbalmente, de la intención de abandonar la empresa por baja voluntaria.

Las consecuencias en este caso para el trabajador son:

No tiene derecho a prestación por desempleo.
No tiene derecho a una indemnización por extinción de la relación laboral, aunque sí de finiquito.

Para cualquier duda me tienes a tu entera disposición.


Un cordial saludo,


Abogado


Gorka León Huarte

Gorka León Huarte Abogado en Bilbao

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Buenos Días en relación a la consulta realizada, dispone ud de un plazo de 15 días de preaviso para causar baja voluntaria en la empresa, pero la empresa si no lo hace en ese plazo podrá descontarle esos días que no haya avisado en ese plazo, estipulado por el Estatuto de los Trabajadores, o en su defecto por el Convenio por el que se rija su relación laboral. si desea visitarnos, y que estudiemos su caso, no dude en llamarnos. En Grech Abogados le daremos la mejor solución.

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días
En principio el plazo de preaviso por cese voluntario es de 15 días excepto que el convenio que le sea de aplicación (no nos específica la actividad de su empresa) establezca otra cosa
De todas formas la falta de preaviso únicamente le concede a la empresa el derecho de descontarle de su liquidación de saldo y finiquito el equivalente al salario de los días dejados de preavisar.
Restamos a su disposición para cualquier consulta o aclaración
Un saludo

Izquierdo i Tugas Associats Abogado en Gavà

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Buenos días.

Debemos estar a lo dispuesto en el Convenio Colectivo de su profesión. Si no indica nada (o no existe Convenio) no existe ni obligación formal de comunicar la baja voluntaria ni tampoco plazo de preaviso, tan sólo se requerirá una voluntad clara e inequívoca de que el trabajador quiere abandonar la empresa.

Para ampliar esta información podrá consultarnos.
Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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