Buenos días. En Junio de 2014, la policía local del ayuntamiento de Platja de Gandia me multó por ruido en una casa que alquilé sin haber mediciones de decibelios y basándose en el oído de la policía, textualmente en la multa pone "mucho ruido". Yo soy de Madrid, y la multa llegó en Noviembre de 2014, en la cual ya no me daban opción al pronto pago puesto que se supone que ya me habían notificado. Notificación que nunca recibí. Ante esto me negó a pagarla.
Ahora bien, me gustaría saber si prescribe en algún momento sabiendo que me volvieron a notificar de ella en noviembre de 2016 y habiéndose incrementado el pago de 200 a 256 euros.
Además querría saber si abro una cuenta bancaria a mi nombre e ingreso 150 euros y ese mismo día hago una transferencia a otra cuenta que no esté a mi nombre, me dejarán hacerla, o al instante que lo ingrese me lo embargarán.
Gracias.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Estimad@ consultante, puede que le hayan notificado en el piso que tenía alquilado o le notificaran en el BOP si no consiguieron localizarlo, con lo que no prescribe la sanción.
Puede intentar personarse en el procedimiento, solicitando aportación de toda la documentación obrante en el Ayuntamiento y ver si la notificación es correcta.
A la vista de la documentación podrá presentar el correspondiente recurso para intentar que retiren o reduzcan el importe de la multa o recurso contra el correspondiente embargo, en su caso.
Lo que debe alegar dependerá de las circunstancias del caso en concreto ( si existe una medición comprobada de decibelios o no, si se han respetado los plazos o éstos han transcurrido...)
Si el banco tiene orden de embargo en cuanto realice un ingreso le retendrá el dinero.
Estimad@ consultante, puede que lo que le haya ocurrido es que le notificaran en el piso alquilado, que lo notificaran en el BOP si no consiguieron notificarlo, con lo que no prescribe la sanción.
Podría intentar personarse en el procedimiento, solicitando aportación de toda la documentación obrante en el Ayuntamiento y ver si la notificación es correcta.
A la vista de la documentación podrá presentar el correspondiente recurso para intentar que retiren o reduzcan el importe de la multa o recurso contra el embargo, en su caso.
Lo que debe alegar dependerá de las circunstancias del caso en concreto ( si existe una medición comprobada de decibelios o no, si se ha respetado los plazos o éstos han transcurrido...)