Tengo un cliente en Chiclana de la Frontera (Cádiz) que me adeuda una factura por la actividad empresarial que tenemos en común.
Presenté el monitorio para reclamarla por esta vía en Valencia,donde nos encontramos nosotros (por consejo de mi gestor)y me rechazaron este monitorio por "Incompetencia territorial".
Quisiera saber dónde debo de presentarlo (juzgado, ciudad) para que se admita.
Gracias.
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Buenos días:
Debe presentarlo en el lugar de domicilio del deudor, ante los juzgados de primera instancia de dicha localidad.
Si lo desea, podemos puede contactar con nosotros y encargarnos la gestión, dado que tenemos despacho en Algeciras (Cádiz).
Saludos cordiales.
Buenos días Don David.
Le remito al artículo 813 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el que puede comprobar que la competencia corresponde al Juzgado de Primera Instancia que corresponda al domicilio del deudor.
Quedo a su disposición para lo que pueda necesitar.
Reciba un cordial saludo.
Dependiendo de la cuantía de la deuda y de si hay una claúsula de sumisión expresa a los juzgados de Valencia, podría ponerse el monitorio en Valencia, indicándolo así en la petición inicial. También si el deudor tiene establecimiento abierto al público aquí en Valencia. No obstante lo más seguro es que tenga que hacerlo ante el Juzgado a que corresponda Chiclana de la Frontera.
El monitorio hay que presentarlo en el domicilio del deudor, por aplicación del artículo 813 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Soy Letrado en Valencia con amplia experiencia en reclamaciones de cantidad, le recomiendo que visite mi despacho y le asesoraremos en su asunto.