Se han firmado dos contratos mercantiles entre las mismas personas.
Un contrato con unas especificaciones X, a fecha de enero y dos meses más tarde, en marzo un nuevo contrato muy similar al primero pero con más especificaciones añadidas.
¿La firma del segundo contrato prevalece y anula el primero? Es decir el contrato a tener en cuenta sería el de fecha de firma mas reciente
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Estimada María:
La prevalencia o no de un contrato sobre otro dependerá de lo que se estipule en el segundo de los contratos suscritos de forma que se puede indicar, en una cláusula, que sustituye al anterior, al menos en todo lo que le contradiga, o sencillamente se puede establecer como un anexo a lo establecido en el contrato anterior.
En todo caso, si desea que estudiemos su caso personalmente no deje dirigirse a nuestro perfil corporativo de esta plataforma jurídica y la atenderemos con mucho gusto.
Quedamos a su entera disposición. Saludos cordiales.
Buenos días:
La prevalencia del segundo contrato dependerá de cual es el contenido de ambos contratos. Es decir, en caso de haberse pactado estipulaciones distintas, prevalecerá el segundo contrato por el ser el más reciente. Pero puede ocurrir que haya estipulaciones que el segundo contrato no contemple. En este caso habría que estar a la voluntad de las partes, llegándose incluso a entender que en esa estipulación sobre el que el segundo contrato guarda silencio, está en vigor el primer contrato. Es decir, habrá que estar a las estipulaciones concretas de ambos contratos.
Espero haberle aclarado sus puntos. Para una mayor concreción habría que analizar dichos documentos.