Tengo una hipoteca a interés variable con el Euribor + 0.75.
La revisión es anual y se realiza con el Euribor de febrero.
En 2016 el Euribor de febrero es -0.008.
Mi pregunta es si el banco está obligado a aplicar este Euribor negativo y restárselo al diferencial, es decir, ¿el resultado a aplicar durante un año sería de 0.75 - 0.008 = 0.742?
Que puedo hacer si se niegan a realizar esta operación y me aplican el 0.75
Gracias
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Revise bien la Escritura de su hipoteca para descartar que las condiciones indiquen que la revisión se hará en el mes de Febrero, pero considerando la media del euribor DE TODO EL AÑO ANTERIOR, que es un valor superior a cero.
En caso negativo, es decir si efectivamente sólo hay que considerar el valor del mes de Febrero, y no se han pactado mínimos, el banco deberá aplicarle el 0.742. Si no es así, puede ud. reclamarles.
Buenas Tardes Vicente, le informamos que si la entidad le está aplicando una cláusula suelo en su hipoteca debe requerirles para que se la quiten y en caso contrario instar demanda solicitando la eliminación de la cláusula suelo y devolución de cantidades. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Derecho Bancario, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Sí, debería ser así, no obstante ha de revisar las condiciones de la hipoteca para ver qué dice al respecto. Por otra parte no estaría mal que hiciese el cálculo de lo que le representa ese 0,008
Todo depende de lo que diga el contrato de hipoteca porque generalmente los bancos de valen de las denominadas cláusulas suelo para los casos en que el Euribor alcance niveles negativos como el caso en que usted plantea. Tenga en cuenta, además, que habría que revisar cómo está contratada la cláusula suelo puesto que ésta puede ser anulada por lo cual no sería aplicada y el banco estaría en la obligación de reintegrarle por lo menos parte de lo que le ha cobrado en virtud de ella.
Le tienen que informar del tipo de interés que le van a aplicar y la nueva cuota de interés y capital. Lo que usted indica es correcto. Si su referencia es EURIBOR deben de aplicarle el mismo publicado por el BANCO de ESPAÑA según recojan sus escrituras de préstamo más el diferencial pactado.
Yo les demandaría ya que le están aplicando una cláusula suelo de facto. No obstante, lo mejor sería echar un vistazo a su hipoteca antes de nada. Si lo desea puede ponerse en contacto con nosotros.
Un cordial saludo.