Problemas con mi inquilina

Realizada por Su. 2 abr 2018 Administración de fincas

Alquilé una vivienda unifamiliar en Asturias en Mayo del año pasado. Todo ha ido bien con mi inquilina hasta Diciembre que tuvieron apuros económicos y tardaron dos meses en ponerse al día, pero el problema ha venido en Marzo cuando llegó el día 10 de pago y no pagó. Estuvimos llamando y al tercer o cuarto día por fin nos contestó los mensajes y nos dijo que pagaría pero que las paredes habían tendio mucho moho y las había tenido que raspar(sin nuestro permiso ni conocimiento previo) y que la mandáramos un pintor a lo cual la dijimos que por favor nos pasara fotos para poder ver la situación, dijo que si, pero a partir de ahí estuvo 15 días incomunicada. Intentamos ponernos en contacto con ella por whatsap, teléfono e incluso una carta certificada y fue imposible. Cuando por fin nos coje el teléfono dice que la hemos acosado. Como la situciación es incómoda la decimos que se tiene que salir de la casa el 30 de Abril que cumple el contrato, a lo que ella nos contesta(todo por whatsap) que tenemos que darla la fianza por adelantado, lo cual no es correcto por que fue de un mes y queda por pagar Abril, que creo que no va a pagar. Pero lo que más me preocupa, es que ahora nos amenaza con que va a ir Sanidad. No se muy bien a que se refiere y a si puede denunciarnos, cuando nosotros nunca nos hemos negado a arreglar los desperfectos, pero ella no nos ha mandado fotos ni vuelto a ponerse en contacto con nosotros para ver la solución, a pesar de que creo que ese moho sale por la excesiva condensación que hay en al casa y la falta de ventilación por su parte, porque según ella si abre se la va el calor de dentro y la cuesta más calentar la vivienda. ¿Nos puede denunciar? ¿El día 30 de este mes se tendría que salir obligatoriamente al terminar el contrato de un año? Gracias.

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Hola, buenas tardes. Lo de Sanidad suena a excusa de mal pagador para no tener que hacer frente a la renta del piso. No veo por donde podría denunciaros. En cuanto a la duración del contrato, y a pesar de haber pactado el año de duración, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo. Espera a ver si se va voluntariamente en el mes de abril. Si no lo hace podrías desahuciarla por impago de la renta la cual nunca debes compensar con la fianza, ya que esta es solo para responder de desperfectos en la vivienda. Si precisas más aclaraciones te invito a que nos contactes desinteresadamente.

Fresco y Cerredelo Abogados Abogado en Vigo

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