Islas Baleares (España). Me gustaría saber si una sentencia de un Juzgado de la Audiencia de Palma de Mallorca, puede anular alguna Ley nacional, o a nivel de Ayuntamiento, en vigor y si, dicha sentencia sería legal en caso de producirse. Les agradecería una pronta respuesta. Gracias de antemano.
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Buenos días, Antonio.
La respuesta a su pregunta es un NO rotundo. Los jueces NO puede anular leyes; para ello existe la separación de poderes. Ellos han de dictar conforme a la legislación actual, interpretándola según las circunstancias del caso; pero en ningún caso pueden dictar resoluciones contrarias a la ley. Otra cosa es que, por ejemplo, haya interpretado el ordenamiento jurídico existente de modo que, ante varias Leyes, haya elegido el Juez la que mejor entendiese que se adapta a las circunstancias y especialidades del caso.
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Estimado Antonio nos formulas una pregunta muy genérica. Lo cierto ue hay aspectos en derecho que se regula por la ley estatal. Pero al margen de ello, hay leyes especiales y estas priman sobre las generales a nivel autonómico, provincial y municipal (ayuntamiento) por lo que habría que estudiar la sentencia, ver el caso en cuestión, lo que se ha reclamado y al amparo de la legislación vigente para el caso revisar una posible infracción. Porque lo cierto es que nuestros Jueces y Magistrados tienen un alto nivel profesional. Por lo que le aconsejo acudir a los servicios de un Abogado, si interesa de nuestros servicios podéis solicitar una cita para consulta y estudio, el cual con mucho gusto le haremos previo pago de los honorarios de tales servicios. Un saludo cordial, Lic. Rebeca Pérez Ramos, Abogada.
Los jueces deben aplicar las leyes al dictar sentencia. Si bien, tienen capacidad de interpretarlas, y de aplicar unas en defecto de otras, dependiendo de la jerarquía y la especialidad de las mismas. Que se aplique una norma municipal o regional no significa que se esté incumpliendo una ley estatal, dependerá de las competencias. Si se aplica una ley de derogada, podría intentar recurrir esa sentencia, pero la posibilidad de recurrir en casación es muy limitada. La sentencia seguramente justificará la aplicación de la ley invocada.
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Buenos días, Antonio. Coincido plenamente con la respuesta anterior, los jueces INTERPRETAN las leyes y las aplican, y posteriormente, ejecutan lo ya juzgado. No pueden anular leyes, aunque eso sí, pueden decidir si se aplican al caso o no, y su interpretación del mismo. Es más, pueden, entre los fundamentos de derecho de las Sentencias, pueden manifestar si un precepto es nulo o no, pero esta declaración tiene únicamente efectos en su aplicación y en el caso concreto, no anula la ley o el artículo en sí. Entiendo que últimamente, con el tema de la NULIDAD de las cláusulas suelo y demás, el debate está en la calle, pero como declaración genérica, la respuesta más plausible debe ser negativa. Un saludo y suerte. J.e. Vázquez. Abogado.