¿Puede una inmobiliaria cobrar muchas señales para una vivienda?

Realizada por Sensacional. 16 sep 2013

¿Puede una inmobiliaria cobrar muchas señales para una misma vivienda al mismo tiempo en concepto de RESERVA, sin asumir tiempo máximo de estudio de solvencia, sin haber firmado exclusividad con propietario y además exigiendo mensualidad de honorarios en caso de desistimiento del cliente arrendatario, pero sin asumir penalización por desistimiento propio?

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Buenos días,
Con los datos que Ud. nos facilita es difícil darle una respuesta correcta, pero le diré que, en principio, no es posible que una inmobiliaria cobre por la RESERVA de una vivienda a varias personas, pues eso sería una estafa, dado que la persona que está RESERVANDO esa vivienda lo hace con la intención de comprarla y por eso la reserva, para que nadie más tenga ya derecho a comprar esa vivienda.

Otra cuestión diferente sería si una persona RESERVA la vivienda y finalmente decide, por la razón que sea, no adquirir esa vivienda. En ese caso si sería lícito que la inmobiliaria se quedara con la cantidad que le pagó el cliente en concepto de RESERVA de la vivienda como indemnización, siempre y cuando eso se pactase en el contrato que se firma cuando reservas la vivienda.

Por tanto, a mi entender, una inmobiliaria no puede cobrar por reservar una vivienda a varios compradores diferentes a la vez (me refiero a compradores desconocidos, pues si podría reservarlo una pareja para comprarla entre los dos), pues esto se consideraría una estafa, ya que sólo uno de ellos podría comprar la vivienda.

Para cualquier duda o consulta puedes ponerte en contacto con nosotros, un saludo.

Jennifer Alarcón Abogada Abogado en Hellín

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Buenas, después de investigar mucho obviamente NO ES LEGAL reservar a muchas personas al mismo tiempo, ya que va en contra del propio significado de la palabra RESERVAR. Esto está especificado en el Código Civil, y por tanto como ha dicho algún bufete constituye una estafa. Lo tengo que reseñar: Es una Estafa y no tengo ningún miedo en escribirlo en ninguna web.
Las reservas o señales vienen especificadas en el código civil como "Contratos de Arras" y la práctica de esta agencia se salta la ley descaradamente con claros intereses espurios.
Los estudios de solvencia no tienen porqué pagarse, quien necesita el estudio de solvencia es el propietario, no el inquilino. El inquilino debe pagar por el alquiler, y punto.
Lo demás son cuentos de la lechera.
Saludos.

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Aunque se trata de un hilo antigua, me gustaría dejar mi opinión para quien interese.

Esta práctica se suele producir cuando la inmobiliaria exige documentación del futuro inquilino para hacer un estudio de solvencia y previamente le exige una señal.

Bajo mi punto de vista esta práctica es lícita siempre y cuando quede esto bien documentado y se otorgue un orden de preferencia a cada candidato.

Si candidato no supera el estudio de solvencia, la reserva no despliega sus efectos, con lo que no hay reserva del piso y ha de devolverse a quien la entregó.

Es en el momento en que se informa a cada candidato de que ha superado el estudio de solvencia cuando la reserva despliega sus efectos.

Respecto a la cláusula de que el candidato pierda la señal entregada si se arrepiente, resulta curiosa, pues no se indica que sea en favor del propietario (lo que resultaría falto de reciprocidad y por tanto contrario al artículo 87.1 RD 1/2007 del texto refundido de la ley general para los consumidores y usuarios), sino a favor de la inmobiliaria con cargo a honorarios. Y esto si que me genera dudas, y agradezco mayor abundamiento por parte de alguien.

Mientras tanto, os dejo enlace a un post que realicé hace unos meses sobre el tema de la reserva en los alquileres de vivienda.

Abogados Para Todos Abogado en Granada

2 respuestas

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Hola,
Todo depende de lo que en el contrato de reserva hayáis establecido. Me imagino que la inmobiliaria o empresa, te solicita la reserva para estudiar la documentación, que supongo te habrán requerido, para valorar si eres viable como inquilino. Por eso solicita varias reservas, para asegurarse el alquiler.
Estas hablando de una reserva, yo considero que sí pueden coger varias, siempre y cuando el contrato no sea el definitivo, es decir, que no exista penalización en caso de desistimiento por tu parte o por la inmobiliaria, el que la inmobiliaria no sea penalizada en el supuesto de que alquile el piso a otra persona, lo considero fuera de ley, ¿cómo puede coger las reservas que le de la gana y no tenga penalización? ¿y sin autorización del propietario?, además señalas que no han establecido un tiempo límite, la reserva ha de estar limitada por un tiempo, no puede ser perpetua puesto que desaparece el objeto del contrato ya que no se determina en él un tiempo límite.
Estudia tu contrato para comprobar todos los pactos, por ejemplo se puede haber pactado que un cliente, el primero, tenga preferencia sobre los demás, pero el contrato ha de establecer derechos y obligaciones para ambas partes, no sólo para una, además ha de tener un tiempo determinado no indefinido.
Te repito que para mí no es un contrato válido, y depende de lo pactado puedes reclamar la devolución de tu dinero.
Un saludo

F.Baella - Abogada Abogado en Calella

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Aclaro un dato más, en el documento de reserva y señal que aceptas pulsando en el botón, aparece claramente "Dicho importe es entregada a (Inmobiliaria en cuestión) en concepto de reserva para el alquiler del inmueble situado en (dirección correspondiente)". Es decir que queda claro que el concepto de Reserva es para un alquiler de vivienda.

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Buenos días,

Gracias por la aclaración Pablo,

A priori, no nos parece que sea un procedimiento al uso. Entendemos que, una vez que una persona reserva abonando una señal, a través de la web, las demás personas no pueden resérvalo, dado que con esa primera reserva el propietario se obliga a arrendar el inmueble a esa persona, al igual que el futuro arrendatario se obliga a alquilarlo. El hecho de que sobre un mismo inmueble 10 personas, por ejemplo, abonen una señal, nos parece incoherente e incluso fuera de lo legal, teniendo en cuenta, según menciona, que no se devuelven las señales abonadas por las otras 9 personas una vez alquilado el inmueble a la primera que reservó, pudiendo este procedimiento, atendiendo a todas las circunstancias, conociendo bien los detalles y llegando al caso más extremo, llegar a considerarse la posibilidad de que quepa una presunta estafa.

Por otro lado, entendemos que las clausulas que manifiestan:
- la total irresponsabilidad de la inmobiliaria y, por el contrario, la responsabilidad total para el usuario, y
- la obligación de pago por el consumidor de un mes de honorarios (más la pérdida de la señal) en el caso de que éste decline del contrato y la inexistencia de penalización de la inmobiliaria en caso de rescindir el contrato,
son abusivas por falta de reciprocidad, como así se deduce del articulado del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y por tanto son nulas de pleno derecho, si bien han de ser declaradas así por un Juez.

Esperamos haberle orientado al respecto. Estamos a su entera disposición.
Reciba un cordial saludo.

M&S Despacho Jurídico Abogado en Vigo

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Buenas Jennifer, (Soy Pablo, el que realiza la pregunta) se trata de alquiler de vivienda, lo cual entiendo que no cambia el asunto. Sigue siendo una transacción comercial.
He hecho un comentario aclarando y proporcionando más datos.
Les agradezco de antemano las respuestas.

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Buenas, Soy Pablo de nuevo. Aclaro. Todo es una contratación web. Una inmobiliaria realiza anuncios de viviendas relativamente baratas. Añaden un 902. El cliente va a ver la vivienda. El comercial le pide "Reservar" a través de la página web.
En efecto, en la página web, en la url de la vivienda hay un cuadro que marca "Reservar", accede a una pantalla en la que añades tus datos personales, y sólo cuando está relleno puedes pulsar un botón "aceptación de condiciones de reserva". Ni decir tiene que la gente no lo lee y se encuentra con que no es una "Reserva", sino una señal económica, no exclusiva (se aceptan multitud de señales a cualquier cliente), por la que la inmobiliaria en ningún caso asume condiciones análogas, se permite retener la señal indefinidamente y en caso de rescindir la inmobiliaria no tiene penalización. Si el cliente declina el contrato además de perder la señal debe reintegrar, así está escrito, un mes de honorarios aunque el contrato no se lleve a cabo. Puede crearse la paradoja (y se crea) que a la inmobiliaria no le interese alquilar la vivienda, pero quiero saber si es legal. Muchas gracias por sus respuestas.
Un saludo.

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Buenas tardes,

La inmobiliaria puede cobrar la cuantía que hayan pactado de antemano. Si en este caso, nada han pactado al respecto y no están de acuerdo con los honorarios o posibles cantidades en concepto de fianza no tienen obligación alguna de abonarlas.

No obstante lo anterior, dado que no comprendo muy bien la consulta, si necesita una mayor precisión póngase en contacto con nosotros o intente realizar una aclaración por esta vía.

Reciba un cordial saludo.

M&S Despacho Jurídico Abogado en Vigo

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Buenas tardes.
Es complejo el asunto que usted indica.
Hemos de estar a los firmado entre la inmobiliaria y el propietario. Para que se de lo que usted indica debe haberse firmado un mandato por el que, la inmobiliaria, acepte del cliente un dinero en concepto de señal con las condiciones que ella y su cliente hubiesen pactado.

Debemos estar a la documentación y acuerdo consolidado.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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