¿Pueden mis padres quedarse con la custodia de mi hijo?

Realizada por BERENICE. 14 abr 2016 Custodia compartida

Tengo 29 años y tengo un hijo de 2 años. Desde que nació vivimos con mis papas hasta hace poco que me junté con mi actual pareja a la cual mis padres no aceptan. Por cuestiones que yo trabajo casi todo el día optamos porque mi hijo se quedara con mis padres entre semana y los fines de semana conmigo, por los gastos de él los absorbo en su totalidad, pero ahora mi madre no me deja ver al niño y dice que pedirá su custodia, ¿es posible que me lo pueda quitar por el hecho de que vive con ellos?

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Para privar a los padres de la custodia de sus hijos se precisa una sentencia que se funde en el incumplimiento de los deberes inherentes al ejercicio de la patria potestad (Velar por los hijos,Tenerlos en su compañía,Alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral, Corregirlos moderada y razonablemente) o por sentencia dictada en una causa criminal.
Para que pueda tener lugar la privación de la patria potestad se requiere una causa lo suficientemente grave como para adoptar esta decisión, como por ejemplo:
- Maltrato del hijo, hasta poner en peligro su vida o causarle un daño grave.
- El alcoholismo
- Las perturbaciones mentales
- La ausencia de relación con los hijos, el incumplimiento del deber de alimentarlos
- Que hayan condenado al progenitor a una pena de prisión superior a un año.
- Que el padre o madre haya abandonado a su hijo.
- Que se acredite que el progenitor alcance un grado de depravación tal que no pueda ejercer sus funciones de padre…..etc.
Los comportamientos que han de ser graves, tipificados y continuados.
Es muy difícil privar a una madre de la custodia de su hijo por el simple hecho de estar trabajando.
Las decisiones judiciales sobre los menores se adoptan teniendo en cuenta el interés delos mismos.
Espero que la respuesta haya sido de su utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo.

Jorge Muñoz Consultores S.L.P Abogado en Valencia

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Buenas Tardes Berenice, le informamos que por ese hecho no pueden quitarle a usted la guarda y custodia no privarle de la patria potestad salvo que se den circunstancias graves que afecten al interés del menor ( PPIO FAVOR MINORIS). Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Derecho de Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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