¿Puedo cambiar de ciudad donde está toda mi familia y el trabajo?
Realizada por Maria. 10 feb 2014
Tengo la guarda y custodia de mi hijo de 5 años, y voy a cambiar de domicilio a 70 km porque a parte de que toda la familia la tengo a esa distancia mi trabajo que es lo único que me hacía seguir en esta ciudad se me acaba. ¿Qué posibilidades tengo si el padre se niega?
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Debería alcanzar un acuerdo con el padre y comunicarlo al Juzgado. Si el acuerdo no es posible debería comunicarlo al Juzgado que dictó la Sentencia de guardia y custodia, solicitando modificación de medidas, para lo que precisaría de abogado. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia. Quedamos a su disposición.
Ante todo, le recomendaría que hablara con el padre del menor a fin de llegar a un acuerdo. Siempre es mejor. Si ello no es posible, entonces debería usted instar usted un incidente de la potestad parental (patria potestad) a fin de que sea un Juez quien entonces, dada la controversia, decida. Le recomiendo que se haga con los servicios de un buen abogada o buena abogada de familia. Contamos con despachos en Sabadell y Barcelona. Saludos cordiales.
Buenas tardes María, Las decisiones importantes que afecten a la vida del menor deben ser consensuadas, en aras a la patria potestad conjunta.
La custodia no da más derechos a un progenitor sobre el otro. Ambos tienen los mismos derechos y obligaciones para con los hijos en relación con el deber de crianza y educación de los mismos.
De forma que para modificar el domicilio el progenitor que vive con un menor, si el otro progenitor no está de acuerdo, deberá acudir al Juzgado, exponiendo las razones para el cambio y los beneficios que ello reportará a la menor. La modificación de medidas es necesaria también, pues lo normal es que no se pueda cumplir el régimen de visitas, tal y como esta establecido, por parte del progenitor no custodio. También es posible aparte de la modificaciones de medidas o incidentes de discrepancias, en cualquier caso es posible su petición. Quedo a su disposición, para aclararle con mas detalle su petición. Un saludo.
Ud. debe o bien tramitar un procedimiento de modificación de medidas o bien un incidente de discrepancia en el ejercicio de la patria potestad. El primero es bastante más largo y costoso, mientras que el segundo se tramita por la vía de urgencia (puede estar resuelto en 1 mes, dependiendo del juzgado).
No proceda a trasladar el domicilio del menor sin contar con autorización del padre o, en su defecto, autorización judicial por alguna de las vías indicadas. Además, el padre podría instar esos mismos procedimientos para tratar de impedir el cambio de domicilio (o incluso reclamar para sí la custodia).
En los procedimientos judiciales tendrá posibilidades de conseguir la autorización si prueba la necesidad del traslado y se puede garantizar el cumplimiento del régimen de visitas.
Quedamos a su disposición. Estamos especializados en Derecho de Familia.