Hola, tengo un bebé de año y medio. Estoy separada, bueno, no nos llegamos a casar, y de momento no tenemos convenio firmado. Yo me dedico plenamente al bebé ya que cuando empecé la relación tuve que dejar de trabajar por petición del papá. ¿Existe alguna posibilidad de que me puedan conceder la custodia completa?
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Actualmente el criterio de los Juzgados es establecer un régimen de custodia compartida si así es solicitado por al menos uno de los progenitores.
No obstante, para que se fije dicho régimen es necesario que concurran diversas circunstancias, en primer lugar que existan posibilidades reales de cumplir dicho régimen (proximidad de domicilios, horario de trabajo compatible, etc), igualmente, la relación a pesar de la ruptura no debe de ser conflictiva, y principalmente que el interés del menor permita que pueda ejercerse esa custodia compartida.
Buenas Tardes Monica, le informamos que debe usted instar demanda ante los Juzgados de Familia de relaciones paternofiliales con medidas como la guarda y custodia, alimentos, visitas, etc. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Buenos días Mónica,
Parece lo más probable con lo que detalla, pero necesitaría más información para poder asesorarle mejor. No obstante, le recomiendo interponer una demanda guarda y custodia cuanto antes, para que todo quede regulado: la custodia, las visitas y la pensión.
Quedo a tu disposición para más información.
Un saludo, Cristina Cáffaro (abogada Mallorca)
Como ya le ha comentado un compañero, la tendencia actual en los jueces es a otorgar si es posible custodias compartidas si se dieran los requisitos para ello. La custodia completa a la que Vd. se refiere sería una custodia normal, con tiempos entre uno y otro progenitor distintos, primando siempre el custodio frente al no custodio. Por tanto, en un hipotético pleito sobre este asunto, quizá debería Vd. hacer hincapié en su solicitud de una custodia tipo clásico, que no excluya el pago de alimentos por parte del padre si es que tiene más ingresos que Vd., pero ampliando el régimen para que la contraparte pueda gozar de algún beneficio más aun sin llegar a una custodia 50-50 en cuanto a tiempos. En cualquier caso, mi consejo es que se ponga en manos de un abogado experto en Derecho de Familia cuanto antes.