¿Puedo hacerme pareja de hecho con mi novia?
Preferimos hacer lo de la pareja de hecho y luego preparar con más tiempo nuestro matrimonio.
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Buenos días:
Para registrarse como pareja de hecho tendrá que cumplir una serie de requisitos, los cuales dependerán de la legislación de su Comunidad Autónoma. En Canarias, por ejemplo, tendrían que convivir en pareja de forma libre, pública y notoria, vinculados de forma estable con independencia de su orientación sexual, al menos durante un período ininterrumpido de doce meses, existiendo una relación de afectividad, y no incurrir en alguna de las causas por las que no se puede constituir una pareja de hecho, que por ejemplo una de ellas sería ser parientes colaterales por consanguinidad o adopción dentro del tercer grado.
Reciba un cordial saludo,
El equipo de Litiscan Abogados
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En efecto, Vd.podría realizar un contrato privado en el que constara la vigencia de una convivencia denominada "more uxorio" (al estilo del matrimonio), si la intención de ambas partes no es la de contraer matrimonio, pero sí por otra parte, que exista constancia escrita y con los efectos inherentes a este tipo de relación o unión de hecho.
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Sí, pero antes debes comprobar que cumplen todos los requisitos exigidos normativamente, y, además, que tienes toda la documentación exigida (Certificación de Estado Civil, Certificación de Empadronamiento y de Convivencia)para comparecer ante el Ayuntamiento de tu localidad y iniciar el trámite administrativo.
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Depende de la legislación de la Comunidad Autónoma. Si cumple con los requisitos que marca su comunidad, podrá inscribirse en un Registro que refleja formalmente dicha situación y puede incluso regular distintas situaciones para asemejarlas al matrimonio.
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Totalmente de acuerdo con mis colegas de LITISCAN ABOGADOS, a mayores te aconsejo que ambos realicéis un convenio regulador de buestros bienes, es decir más concretamente una separación documental de los bienes propiedad de cada uno.
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Debe atender a la normativa especifica de su Comunidad Autónoma ya que cada Comunidad tiene unos requisitos especiales. Pero en principio no existiría problema en hacerse pareja de hecho con su novia si cumplen los requisitos mínimos que les exigan en el lugar donde habiten.
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Por supuesto que puede. Para tramitarlo debe acudir al Ayuntamiento de su localidad donde le darán la información oportuna de la documentación que necesita.
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Efectivamente es una posibilidad que se establece en el ordenamiento jurídico español.
En cuanto a los requisitos y tiempo de demora, hay que tener en cuenta que va a depender del lugar donde se tenga la residencia. No obstante, una ve que se haya obtenido el registro como pareja de hecho, se derivarán una serie de beneficios parecidos a los de la unión conyugal.
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Buenas tardes,
La respuesta es sí, y si ustedes conviven, ya son una pareja de hecho. Para formalizar la pareja de hecho, se suele hacer un contrato (privado o ante notario) en el que se refleje la existencia de la unión, o bien inscribirse en un registro de parejas de hecho.
Dónde dirigirse para registrarse, y cuál es procedimiento para hacerlo dependerá de su lugar de residencia.
Un saludo.
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¿Como puedo contactar con usted?
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Sí puedes, debes acudir a tu Ayuntamiento y preguntar qué requisitos piden para inscribirte en el registro de parejas de hecho, ya que es diferente en en cada CC. AA.
Un saludo.
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Sí, si bien en cuanto a la regulación de las uniones de hecho existen casi tantas normativas como Comunidades Autónomas, en ellas se recoge la posibilidad de unión de dos personas, independientemente de su orientación sexual.
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