Tengo dos hijos de 14 y 12 años, por motivos de trabajo debo marchar a Francia, tengo custodia compartida, y los niños quieren venir pero el padre dice que mas adelante: ¿es posible que ellos puedan elegir con quien quieren vivir?
Ellos no quieren vivir con su padre porque tiene la casa sucia y desordenada, no le gusta su comida entre otras cosas.
Espero me puedan ayudar, gracias.
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Buenas Tardes Nicolasa, le informamos que dado que se trata de un cambio sustancial que afecta al interés del menor, deberá instar demanda de modificación de medidas y entre otras pruebas pedir la declaración de los menores ante el Juez al tener 12 y 14 años.
Comole informan los compañeros usted debe interponer una demanda de modificación de medidas donde se modifique el convenio regulador en el punto de guarda y custodia y como consecuencia también habrá que regular una pensión de alimentos y un régimen de visitas adaptado a sus circunstancias. Al ser sus hijos mayores de 12 años pueden ser oídos por el Juez y su testimonio es de vital importancia.
Le recomiendo que interponga la demanda lo más rápido posible ya que si es de mutuo acuerdo no tendría problema porque el procedimiento sería muy rápido pero si es contencioso se demora mucho en el tiempo.
Espero haberle ayudado, quedamos a su disposición, en nuestro despacho somos especialistas en derecho de familia. Saludos.
Si no es posible alcanzar un acuerdo, le aconsejo que presente una demanda contenciosa de modificación de medidas solicitando se le atribuya la custodia individual de sus hijas y autorización para determinar su domicilio en Francia. Exponiendo la situación y realizándose la exploración judicial de las menores, es muy atendible su situación. Para ello, le aconsejo, deberá contar con los servicios de un buen profesional del derecho experto/a en familia que le asesore.
Mucha suerte.
En su caso sería necesario presentar una demanda de modificación de las medidas acordadas en la Sentencia de divorcio al variar las circunstancias que existían cuando fue dictada, en concreto un cambio de domicilio por su parte.
La modificación puede realizarse de mutuo acuerdo firmando un convenio ambos o bien, si no hay posibilidad de acuerdo mediante un procedimiento contencioso.
En ese procedimiento el interés de los menores será el que deba prevalecer, por lo que podrá solicitar sean oídos sobre su opinión y, si el Juez estima procedente autorizará esa modificación y fijará un régimen de visitas a favor del padre.
Para poder cambiar las condiciones del régimen de custodia, deberá presentar un procedimiento de modificación de medidas en el juzgado, solicitando el cambio de medidas por haber sobrevenido el cambio de circunstancias (trabajo en Francia), donde el juzgado podrá escuchar a los menores y decidirá el nuevo régimen.
Hola buenos dias Nicolassa.
En cuanto a su pregunta, la modificación de condiciones o situaciones personales o prfesionales que pueden afectar al funciinamiento del régimen de custodia, han de sustanciarse en un procedimiento judicial ante el juzgado de familia que conoció de la custodia compartida.
Los menores serán escuchados pero si no hay un acuerdo, será el juez quién decida.
Precisa abogado y procurador.
Quedamos a su disposición.
Un saludo.