¿Puedo negarme a firmar la aceptación de herencia?
Realizada por Encarna Sostre. 25 abr 2017
Herencias
España, Comunidad Valenciana, Valencia.
Mi madre falleció y mi padre quiere que mi hermano y yo aceptemos su herencia (la de mi madre). ¿Yo puedo negarme a haceptar la herencia de mi madre hasta que no fallezca mi padre? ¿Qué consecuencias tiene para mi el no firmar la aceptación de la herencia de mi madre cuando mi hermano y mi padre si quieren firmarla?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Hola buenas tardes:
Una vez abierto el testamento los llamados a la herencia pueden aceptarla, aceptarla a beneficio de inventario o repudiarla. En este último caso se tendrá que hacer de forma expresa en escritura pública ante notario.
La aceptación o la renuncia a la herencia se hace en su totalidad; no cabe aceptar una parte y renunciar al resto.
No hay que olvidar que, la aceptación y la renuncia a la herencia son actos enteramente libres y voluntarios por parte de quienes están llamados a ella, por lo que nadie puede ser obligado a ser heredero o a no serlo.
Un cordial saludo.
Usted está obligada a liquidar el impuesto de sucesiones por el fallecimiento de su madre en el plazo de 6 meses o en 12 meses solicitando una prorroga. Si no lo hace tendría que afrontar la correspondiente sanción económica que le impondrá hacienda.