¿Puedo pagar la mitad de la pensión alimenticia en el periodo de vacaciones?

Realizada por Ronald. 25 sep 2014

Buenas noches.

Tengo una duda en cuanto a la pensión alimenticia que paso a mis dos hijas menores. Al estar 15 días de agosto y 15 días de julio con ellas y por consecuencia me hago cargo yo de la manutención; tengo que seguir pagando la totalidad del mes o solo lo que corresponde a los restantes 15 días del mes? Agradezco su aclaración.

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La pensión de alimentos se concibe como un promedio anual, con lo que los periodos vacacionales no alteran para nada su importe. Otra cuestión es si puede acreditar cambios sustanciales que justificaran una reducción de la pensión existente (usted tiene ahora mayores gastos o menores ingresos, la otra progenitora tiene ahora mayores ingresos o menores gastos, o los gastos de sus hijas menores son inferiores a los que en su día fueron tenidos en consideración).

Ecumen Advocats Abogado en Rubí

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Debe seguir pagando la totalidad de la pensión alimenticia, pues la misma se establece como cuantía a pagar obligatoriamente de forma mensual.

Un saludo.

Ana Martín | Abogada Abogado en Almería

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