¿Puedo pedir la custodia compartida?

Realizada por Antonio. 4 nov 2015

Tengo una hija de 13 años que, a pesar de tener una sentencia donde tiene que estar conmigo un fin de semana alterno y mitad de vacaciones, no quiere saber nada de mí porque su madre le habla mal de mí.


Llevo 4 años sin verla, le tengo que pasar 200 €. ¿Puedo pedir la custodia compartida? Ya que tengo dos hijos más con mi actual pareja que quieren convivir con su hermana. ¿Tendría que seguir pagando 200 €? ¿O se modificaría la pensión al ser compartida?

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Puede presentar una demanda solicitando la modificación del régimen de guarda y custodia establecido, por el de custodia compartida, si bien, será muy difícil que lo obtenga con las circunstancias que expone.

Ello es así, ya que si lleva cuatro años sin ver a su hija, es difícil que el Juez acuerde la custodia compartida, sino que en su caso señalaría unas visitas progresivas, además, si la menor no manifiesta que desea ese régimen, las posibilidades serían muy escasas.

Atte.

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Buenas Tardes, le informamos que como progenitor tiene derecho a instar demanda de modificación de medidas solicitando la guarda y custodia compartida al igual que la total, otra cosa es que el Juez se la conceda, para ello deberá aportar pruebas que acrediten que la menor estaría mejor con usted y debe tenerse en cuenta siempre el interés del menor FAVOR MINORIS. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados, somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días:

Ud. puede en este caso solicitar la custodia compartida, si se lo conceden la pensión se reducirá o desaparecerá.

Un saludo,

María Luisa Holanda
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Maria Luisa Holanda Abogado en Santander

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Buenos dias:

Respecto a la custodia compartida, puede usted solicitar una modificacion de las medidas actuales y reclamarlas. El Juez decidirá basándose tanto en sus circunstancias como en las del otro progenitor y la menor.

Lo mismo es aplicable respecto a la cantidad a abonar.

Otra cuestión es el de las visitas que usted tiene reconocidas en el convenio. Ahi usted puede exigir su cumplimiento. El Juez valorará en su caso la importancia de la negativa de su hija.

Quedamos a su disposición,

un saludo

J A Bastida Abogado Abogado en Badajoz

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Buenos días,

Aquí hay varias cuestiones: en primer lugar tiene una sentencia que le permite ver a su hija fines de semana alternos, y por tanto puede hacer cumplir la misma, otra cosa, es que su hija, y por la edad que tiene, no quiera ella.

La petición de la custodia compartida, solo se la daría si se produjese una alteración "negativa" en la guarda y custodia por parte de su ex pareja. No depende de solo sus necesidades.

La pensión de alimentos, los 200€, para modificarla habría que estudiar el caso (gastos, rentas).
En cualquier caso, la formulación de su petición después de 4 años sin ver a su hija, no le favorece en nada como defensa judicial.

Si lo desea podemos asesorarle

Barquin de Cozar Abogados Abogado en Barcelona

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