¿Puedo pedir la prueba de ADN si reconocí al niño?

Realizada por Carlos. 31 oct 2015

Hola, hace un tiempo tuve una relación pasajera, en la cual ella quedó embarazada. Nunca he estado seguro de la paternidad, pero de cierta forma ella me amenazó y armó tremendo escándalo durante todo el embarazo, que al nacer el niño lo reconocí. El problema es que ahora supe que ella mantenía relaciones con otras personas y ahora creo aún menos en mi paternidad.

¿Qué puedo hacer? ¿Puedo pedir la prueba de ADN?

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Mejor respuesta

Estimado Carlos,

En su caso podría ejercitar la acción de impugnación de la paternidad debiendo acudir a la vía judicial, teniendo un plazo de un año desde que ceso el vicio del consentimiento.

Para poder responder con mayor certeza habría que conocer todas las circunstancias concurrentes.

No dude en ponerse en contacto, si necesita asesoramiento al respecto.

Atentamente,

Ester Alonso Rodríguez.


EAR ABOGADOS Abogado en Vigo

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Hola Carlos,
Efectivamente, existe un procedimiento específico para el caso que nos plantea, en el que puede pedir la impugnación de la filiación, a través de la prueba de adn. Quedo a sus disposición para más información. Un saludo, Cristina Cáffaro

Cristina Cáffaro Font Abogado en Palma de Mallorca

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Buenos Dias Carlos, le informamos que si usted duda de ser el padre, debe y puede instar demanda ante los Juzgados de familia, por impugnación de paternidad o de filiación. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días,

Sí, sí que puede pedir la prueba de paternidad. No obstante debe saber que se trata de una prueba pericial y que por tanto le costará un dinero su realización.

Hay dos tipos fundamentales de realización de la prueba:

a) Para uso privado (coste más económico).

b) Para uso legal en pruebas judiciales (tiene mayor coste).

Un saludo,

Castro & Abogados - Jurisnet Abogado en El Puerto de Santa María

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Estimado Carlos,

En relación a su duda, podría impugnar la paternidad. Habría que presentar una demanda en la que se discute la paternidad sobre el hijo que ha reconocido. Habría que practicar prueba de ADN. Es importante conocer la edad del hijo y el tiempo que desde que lo reconoció. Cualquier pregunta que tenga sobre este particular no dude en contactarnos.

Dueñas López Abogados

Dueñas López Abogados Abogado en Madrid

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