¿Puedo pedir una ejecución de sentencia?
Llevo desde el año 2010 que mi ex no me pasa el 50% de nada, ni siquiera libros. ¿Puedo reclamarlo?
Llevo desde el año 2010 que mi ex no me pasa el 50% de nada, ni siquiera libros. ¿Puedo reclamarlo?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Buenos días,
usted deberá de interponer una demanda de ejecución de la Sentencia por incumplimiento del Convenio Regulador, más los intereses legales que correspondan.
Para ello deberá formalizarla a través de un Abogado.
Atentamente,
Ángel Asensio
ABOGADO
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Buenos días.
Habría que interponer una demanda de ejecución de sentencia reclamando todo lo que hubiera dejado de abonar y estuviera establecido en la misma.
Para ello sería conveniente analizar y estudiar el caso detalladamente.
A su entera disposición, reciba un cordial saludo.
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Buenos Dias Ismenia, le informamos que podrá reclamar solo los 5 utimos años y deberá instar demanda de Ejecución por impago o bien instar querella o denuncia penal por impago de alimentos ( art. 227 del Código Penal). Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Penal, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Buenos días,
Si tiene convenio regulador que establezca los gastos de los hijos y el reparto entre los progenitores tendrá que interponer la demanda por incumplimiento de dicho convenio. Estamos a su disposición en nuestro despacho.
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Puede ejecutar la sentencia de divorcio para reclamar las pensiones de alimentos impagadas, pero tenga en cuenta que hay un plazo de prescripción (3 años en Cataluña).
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Buenos días,
Si cuenta con convenio regulador en el que se estipule que los gastos de los hijos deben ir a medias, lo que usted debe hacer es instar la ejecución. Una vez hecho esto el juzgado le "obligará" a devolverle lo que ha pagado que debería haber pagado él.
Para iniciar éste trámite es obligado la intervención de abogado. Nos ponemos a su disposición para, llegado el caso, iniciar los trámites para instar ejecución.
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.
abogados
preguntas
respuestas