¿Puedo permanecer obligatoriamente en un proindiviso?

Realizada por javier. 20 sep 2015

Somos tres hermanos dueños de 3 pisos y dos plazas de garaje. He querido comprar una de las viviendas y mis hermanas se han negado y les he pedido mi parte y tampoco quieren. No quieren nada de nada y yo vivo en una de ellas y les había dado una tasación de la finca en la que vivo y les parece poco.


Mi cuñado es el representante de las dos, o sea que él ahora lleva la voz cantante. En los dos pisos vivimos dos hermanos y la otra casa está alquilada sin mi consentimiento y no sé si él lo puede hacer, porque según él es la mayoría. ¿Cómo podría hacer para poder romper este condominio sin que ellas no estén a favor?

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Lamento la situación, por lo que a las relaciones familiares se refiere.
Sin embargo, me agrada poder responderle que nadie está obligado a permanecer pro indiviso, o en copropiedad (sea cual sea el negocio jurídico del que traiga causa: una compraventa, a una herencia, etc.).
Le recomiendo que remita un burofax o carta certificada de contenido a ambas hermanas (da igual que otra persona se erija en su representante, para la ley, ellas son las personas a las que debe dirigirse) y en esta comunicación les requiera formalmente para llegar a un acuerdo; es decir, que les repita lo que ya les ha dicho, pero por escrito para poder Ud. probar que ha hecho este intento ya.
Luego, si en el plazo que Ud. les ha dado para responderle, no obtiene satisfacción, la única solución es poner una demanda civil ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio de alguna de las hermanas co-demandadas y que sea SSª quien decida; si nadie quiere/puede comprarle al otro su mitad, se hará una venta en pública subasta y al menos obtendrá Ud. el dinero (su parte, ya que no puede obtener el uso).
Y, acerca del alquiler, lo de la mayoría no se aplica. Cada copropietario debe consentir por su propia parte que le corresponde.
Realmente, lo que de verdad le aconsejo es que vaya a visitar a un letrado. Más vale pagar una consulta a tiempo ahora, que perder mucho dinero o ganar muchos disgustos después.
Le deseo la mejor suerte!

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Buenos días Javier,

Siendo 3 pisos y 3 hermanos, creo que la mejor solución está en buscar un mediador que te ayude a llegar a un acuerdo con el resto de hermanos ya que cada uno podría quedarse con una de las viviendas y compensar a los demás con las diferencias monetarias que haya entre los inmuebles.

Es verdad que de no ponerse de acuerdo existe el procedimiento citado de división de cosa común pero es largo, tedioso y se empeorarán las relaciones personales, teniendo además que asumir gastos de abogado, procurador y los propios de los inmuebles así como los impuestos de los mismos, hasta la finalización del proceso.

Otra opción que igual le puede interesar es la venta su proindiviso y olvidarse del problema para siempre. Recibirá un menor precio que el de mercado pero se quitará del medio todas las preocupaciones, gastos e impuestos que generan los inmuebles.

En cualquiera de los casos podemos ayudarle.

Aproindiviso. Asociación de Titulares de Proindivisos Inmobiliarios.

Aproindiviso Abogado en Madrid

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Buenos días Javier.

Nadie está obligado a permanecer en una situación de proindiviso según el código civil y cualquier persona podrá solicitar la división de la cosa común. No obstante existen otras vías que igual te convienen más, ya que un procedimiento judicial de división de cosa común te llevará años para solucionarlo y al final sacar el inmueble a subasta y que alguine se lo quede por un precio por debajo de mercado.

Otra solución es por ejemplo la venta de participación o la intermediación con el resto de propietarios para solucionar el problema con tu proindiviso.

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Buenos Días Javier, le informamos que usted tiene pleno derecho a extinguir el proindiviso, para ello debe ejercitar la acción comuni dividundo, (acción de división de cosa común o proindiviso ante los Tribunales). Si desea que valoremos su caso con detalle y le representemos, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días,
Coincido con mis compañeros en las respuestas que le han ofrecido: Usted no está obligado a permanecer indefinidamente en una situación de indivisión.
La opción cuando no se puede alcanzar una cuerdo amistoso es, como siempre, acudir a los tribunales de justicia e iniciar un procedimiento en el que, si tampoco se llega a un acuerdo amistoso de reparto, acabarán sacándose los bienes a subasta y posterior reparto de lo que se obtenga.
Como también le indican mis compañeros, el mejor consejo es que consulte con un abogado para que le informe más detalladamente.
Estamos en Asturias y a su disposición para analizar su caso y ofrecerle un presupuesto cerrado de nuestros honorarios.
Saludos cordiales

G+C Derecho y Gestión Abogado en Avilés

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Buenos días

Lo mas aconsejable es que se asesore de un abogado de su confianza, para que interponga una demanda para división de la cosa común, dado que sus hermanas no quieren llegar a ningún tipo de acuerdo.

Por otro lado, antes debe mandar un burofax por medio de un abogado, igual cuando sus hermanas vean que esta dispuesto a llegar a los tribunales, recapacitan y piensan en llegar a algún tipo de acuerdo.

Puede ponerse en contacto con nuestro despacho sin compromiso
Carmen abogada de Malaga

M-G& D Abogados Abogado en Málaga

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Buenos días,

Me adhiero a las respuestas de mis compañeros plenamente. Nadie está en la obligación de permanecer en un condominio. El trámite que debe hacer es presentar una demanda de acción de división de cosa común, para ello necesitará tanto un abogado como un procurador.

Tengo el despacho en la provincia de Alicante, quedo a su servicio.

Saludos.

Luis Vicente Espinosa García Abogado en Villena

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Buenos días

La ley le reconoce el derecho a romper el proindiviso cuando desee, por medio de una demanda en que se pide que se lo adjudique quien esté interesado y en caso de que no haya nadie, se saque todo a subasta.

Estoy a su disposición para lo que necesite.

Ignacio Tomás
Abogado

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

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Buenos días Javier, tal y como establece nuestro código civil en su artículo 400 "Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común". Si no sois capaces de llegar a un acuerdo te quedaría la vía judicial para proceder a la división de la cosa común. Para más información contacta con nuestro despacho para un mejor asesoramiento.

Lei Nova, Avogados

Anónimo-251142 Abogado en Santiago de Compostela

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Hola buenas. la situación de condominio tiene una serie de peculiaridades: . Una , que todo acto de disposición - por ejemplo venta y enajenación del bien en su totalidad a un tercero- - exige el consentimiento de todos los copropietarios . Dos, que los actos de administración ( alquilar es uno de ellos) exigen mayoría ,no unanimidad, Tres, que en cualquier momento se puede solicitar la acción de división de cosa común ante el juzgado para poner fin a dicha situación.

atentamente

Estudi Jurídic Castella Abogado en Prat de Llobregat (El)

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